Trabajadores independientes pagarán desde septiembre mes vencido seguridad social

Desde este mes los trabajadores independientes y contratistas por orden de servicios no tendrán que sacar dinero prestado para realizar el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social para que les paguen sus honorarios porque desde septiembre se cotizará mes vencido, es decir, se pagará en octubre.
Así lo determina el decreto 1273 del 23 de julio de 2018, emitido por el Ministerio de Salud y la Protección Social, donde se expresa que las cotizaciones al sistema de seguridad social integral de los cotizantes se efectuará a partir del 1° de octubre, correspondiendo al periodo de cotización de salud, pensión y ARL, del mes de septiembre.
Con relación a la retención de aportes el decreto establece que “los contratantes públicos, privados o mixtos que sean personas jurídicas, los patrimonios autónomos y consorcios o uniones temporales conformados por al menos una persona jurídica deberán efectuar la retención y giro de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral a través de la Planilla Integral de Liquidación de Aportes (PILA) de los trabajadores independientes con contrato de prestación de servicios personales relacionados con las funciones de la entidad contratante”.
El contratante que realice la retención y giro de los aportes deberá reportar a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) las novedades de inicio, suspensión y terminación del contrato.
El contratante será responsable de girar a las administradoras del Sistema de Seguridad Social Integral las sumas dejadas de retener o por valor inferior que corresponde, y por los intereses moratorias que se causen debido a la inobservancia los plazos establecidos para el giro los aportes retenidos, sin perjuicio las sanciones penales, fiscales y/o disciplinarias a que haya lugar.
En aquellos casos en que el contratista cotice por varios ingresos, la retención y pago de aportes se efectuará sobre el valor resultante en cada uno de los contratos, independientemente de que el resultado de la aplicación del 40% al valor mensualizado del contrato o contratos sujetos a retención sea inferior a un (1) salario mínimo legal mensual vigente.
Para ello el Ministerio de Salud y Protección Social ya debió efectuar los ajustes que se requieren en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, PILA.
Las administradoras del sistema y parafiscales y los operadores de información de la PILA son los responsables de divulgar y asesorar a los trabajadores independientes sobre este importante cambio.
¿Por qué los cambios?
Este cambio se produjo por una acción de cumplimiento que interpuso la congresista del Partido Alianza Verde, Angélica Lozano, en relación a un artículo que quedó incluido en la ley del Plan Nacional de Desarrollo del gobierno de Juan Manuel Santos, que establecía que los contratistas por prestación de servicios o trabajadores independientes pagarían la seguridad social mes vencido, pero que no se había cumplido en la práctica.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca en el fallo a la acción de cumplimiento ordenó al gobierno nacional aplicar la norma aprobada, es decir lo conminó a cumplir con la ley.
Esta norma beneficia a más de 300 mil personas del sector público y aproximadamente a 500 mil del sector privado, que están bajo este régimen laboral. En Casanare muchos serán los beneficiados con esta norma si se tiene en cuenta las denominadas nóminas paralelas y los empresarios que optaron por contratar personal por orden de prestación de servicios.
De acuerdo al artículo 135 de la ley 1753 de 2015, en los trabajadores independientes el ingreso base de cotización o ingreso base de liquidación, es el 40% del valor ingresado mensualmente limitado a un salario mínimo mensual, es decir, que la base mínima de aportes no puede ser inferior al salario mínimo mensual.
Los trabajadores independientes aportan el 16% en pensión, 12.5% en salud, y lo que corresponde al aporte a riesgos laborales si hay lugar a ello.
Para junio de 2019 contratantes retendrán pagos para seguridad social
La retención y giro de los aportes al Sistema Seguridad Integral se efectuará a partir del mes junio de 2019, mediante la modalidad electrónica de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes PILA