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Obras por regalías ejecutadas por petroleras, no convence a líderes de Yopal

La aprobación de que las empresas petroleras puedan pagar las regalías a través de obras concertadas con los alcaldes y gobernadores genera incertidumbre y temor por pérdida de autonomía territorial, soberanía y deslegitimación de autoridades elegidas por voto. El partido Centro democrático dice que la figura jurídica es voluntaria y pretende ser más ágil en la inversión de los recursos, sin embargo proceso continuará a través de los Ocads.

 

Qué opina el alcalde de Yopal

Para el alcalde de Yopal, del partido Alianza Verde, Leonardo Puentes, es lamentable la aprobación del artículo 52 del presupuesto bienal de regalías 2019-2020, porque se estaría sustituyendo al Estado, representado por las Alcaldías y Gobernaciones, por la industria petrolera, representada por capitales de inversión extranjera.  “Es un asunto de pérdida de soberanía, pero además de deslegitimación de las autoridades elegidas en los territorios; termina siendo la industria la que ejecuta las obras”.

El mandatario agregó que “Los ciudadanos eligen gobiernos que tienen que irle a pedir permiso al capital privado para hacer las obras que se requieren, entonces nos volvemos convidados de piedra y pidiendo el favor al privado para que inviertan las regalías. Es un mensaje odioso con las regiones, centralista, deslegitimación de los gobiernos territoriales”. En síntesis un “mensaje negativo para el país”.

Frente a que la decisión de utilizar o no la figura es voluntario y potestativo de los mandatarios, Leonardo Puentes expresó que ante la dificultad que tienen los gobiernos locales de concretar un proyecto ante el Ocad, lo cual tarda aproximadamente 8 meses más los 2 o 3 meses de contratación, si los ponen a elegir entre ese camino y decirle al particular que ayude con la inversión de regalías, “seguramente termina uno sometido a la intermediación”.

Lo que se debe hacer es desmontar los Ocads o que solo funciones para grandes obras pero no para pequeños proyectos de las veredas o barrios. “es odioso y tortuoso para las entidades territoriales”, enfatizó el alcalde.

Qué expresan los concejales de Yopal

El presidente del Concejo Rodrigo Pérez, del partido Cambio Radical, expresó que la norma aprobada debe tener una regulación amplia en tipo de obras, montos mínimos y máximos y sería interesante mientras se agilicen los procesos y que se respete la autonomía de los entes territoriales.

Reconoce que se pierde autonomía administrativa por tanto en la regulación debe ser expreso que los alcaldes tengan potestad de definir cómo se paguen las regalías. Igualmente cree que hay un choque de poderes y que en general a ningún alcalde le gustaría perder el control de la ejecución de las regalías pero la comunidad exige que las obras se hagan más rápidamente.

Frente a eventuales fenómenos de corrupción que se puedan generar con esta figura, Rodrigo Pérez expresó que en todas las esferas hay corrupción pero es la ciudadanía y los líderes los que deben estar atentos a evitarla.

 

Por su parte el concejal Fabio Suárez del partido Aico, dijo que la autonomía local de los municipios y departamentos productores se perdió cuando se aprobó el acto legislativo que modificó el sistema general de regalías en 2011. A partir de ese momento los mandatarios no pueden ejecutar una obra pequeña sin el engorroso trámite de aprobación de los proyectos a través del Ocad. Y con la aprobación de las obras por regalías, sencillamente empeora el asunto.

Por ello dijo que se debe protestar contundentemente frente a esa norma aprobada pero a la vez exigir ante el Congreso la recuperación de la autonomía en el uso de los recursos de regalías sin importar los montos y que el gobernantes pueda definir el uso de ellas sin pasar por los Ocads y mucho menos decirle a las petroleras en dónde hacer la inversión.

Lo que dice el Centro Democrático

Voceros del Centro Democrático en Casanare han manifestado que la iniciativa de las obras por regalías no provino de este partido. Sin embargo esa fue una de las propuestas de la campaña de Iván Duque para llegar a la presidencia aunada a que las regiones productoras debían percibir el 50% de las regalías generadas por la explotación de los recursos naturales no renovables.

Igualmente expresan que el uso de la figura de obras por regalías es potestativo de los alcaldes y gobernadores. Es decir, es voluntario optar por ese sistema de inversión de las regalías.

Defienden la idea basados en que la corrupción afecta directamente la realización de obras o que estas sean tardías en su ejecución y por ello se requiere agilizar la inversión y esto se lograría con la ejecución por parte de las petroleras. Sin embargo llama la atención que el proceso que se debe surtir ante el Ocad, bastante engorroso, continuará.

Al parecer el tema tiene que ver con la recuperación de la confianza de la comunidad, que se vio fuertemente lesionada con la modificación del sistema general de regalías y, que género que las comunidades no quieran la explotación de los recursos porque no se ven compensadas en inversión, obras, empleos y la protección al ambiente.

Artículo aprobado de obras por regalías

ARTÍCULO 52. (Antes ARTÍCULO 51.) (Modificado) Obras por Regalías para el Desarrollo de las Entidades Territoriales. Con el objeto de promover la inversión y desarrollo de las entidades territoriales productoras, y en concordancia con el numeral 8º del artículo 2º de la Ley 1530 de 2012, los representantes legales de las Entidades Territoriales beneficiarias de asignaciones directas, podrán de manera voluntaria y como estrategia de ejecución, acordar con las personas jurídicas que desarrollen actividades de explotación de recursos naturales no renovables que hayan obtenido ingresos brutos superiores a 33.610 UVT, durante la vigencia fiscal anterior, que como parte del pago de las regalías puedan formular, presentar y ejecutar proyectos de inversión, con cargo a las asignaciones directas, previo cumplimiento de las normas que rigen el Sistema General de Regalías, priorizando proyectos de infraestructura en servicios públicos, vías terciarias, proyectos agrícolas, y proyectos productivos.

Una vez aprobado el proyecto en el OCAD, la incorporación en el presupuesto de la entidad territorial se realizará sin situación de fondos.

La persona jurídica deberá depositar de manera gradual en una fiducia mercantil constituida para tal fin, el monto del proyecto aprobado por dicho órgano con destino exclusivo a su ejecución. El depósito se hará a título de pago de las regalías correspondientes indicando el periodo. Si el proyecto o fases del proyecto, según corresponda, no se ejecutan, la persona jurídica deberá cancelar la totalidad de las regalías que le hubiera correspondido pagar como si el proyecto no se hubiese aprobado.

Una vez se realice el cierre del proyecto y sea certificada su completa ejecución por parte del ente territorial beneficiario de la obra, previo concepto de la interventoría o supervisión, su valor total será descontado del pago de las regalías a cargo de la persona jurídica que explota los recursos naturales no renovables y que en el Fideicomiso obre como Fideicomitente.

Para estos efectos, el representante legal de la Entidad Territorial verificará si la persona jurídica ejecutora cumplió con lo aprobado en el OCAD y emitirá las correspondientes certificaciones para que la Agencia Nacional de Minería o la Agencia Nacional de Hidrocarburos, o quien haga sus veces, según corresponda, reconozcan la obra ejecutada como pago de la regalía a cargo de la persona jurídica que explota los recursos naturales no renovables.

Los proyectos podrán ser cofinanciados con otras fuentes de recursos públicos y privados.

PARÁGRAFO 1. Con miras a garantizar la transparencia en la selección del ejecutor de la obra, toda contratación mediante la cual se pretenda desarrollar los proyectos de que trata el presente artículo, deberá efectuarse a través de la fiducia, en donde el ente territorial figure como beneficiario y la persona jurídica que explote recursos naturales no renovables como Fideicomitente, mediante el régimen de contratación aplicable a esta y en todo caso aplicando los principios de la contratación pública, tales como la selección objetiva, la pluralidad de oferentes, y la libertad de concurrencia.

El Departamento Nacional de Planeación, en coordinación con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y con el Ministerio de Minas y Energía, determinará la entidad del orden nacional que ejerza la interventoría para los proyectos de que trata el presente artículo, según el tipo de proyecto.

PARÁGRAFO 2. El Gobierno Nacional reglamentará la materia dentro de los seis meses siguientes a la publicación de esta ley.

 

 

 

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