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La Bendición, el nuevo epicentro del desarrollo de Yopal

La urbanización ilegal La Bendición trastocó el desarrollo urbano planificado de Yopal. Ahora el municipio debe dar prioridad al desarrollo de servicios públicos, de vías y de equipamiento urbano de este sector considerando su densidad poblacional. El plan parcial debe incluir esta zona para convertirla en la “Ciudad Verde”.

Así lo plantean el jefe de la Oficina Asesora de Planeación, Jairo Enrique García Troncoso y el asesor jurídico de esta dependencia, Luis Fernando González, quienes manifiestan que dentro del proceso de legalización y regularización dentro del ordenamiento territorial se contempla su inclusión como una unidad de actuación urbanística priorizada en la incorporación de la zona 2 de expansión.

Para incluir esta priorización se hizo necesario prorrogar el contrato de la consultoría que venía adelantándose para la formulación del plan parcial de esta zona, que cubría 3.800 hectáreas.

Esto hace parte del cumplimiento a la solicitud del Ministerio de Vivienda de certificar que dentro del Plan de Ordenamiento Territorial serán incluidos La Bendición y el contorno cercano al área de influencia de esta urbanización. Esto suma 192 hectáreas que incluyen las 72 ocupadas por la urbanización en los predios Copey, Manantiales y Claveles. Los terrenos no ocupados pueden convertirse en un banco de tierras del municipio.

Jairo García afirma que la legalización de La Bendición planteó un cambio de prioridad en el desarrollo de la ciudad, principalmente porque en ninguna otra zona subnormal hay tantas personas como allí, donde hay aproximadamente 20 mil habitantes. Urbanísticamente en el plan zonal se estaba visualizando que se priorizaran otras áreas pero las acciones populares y de tutela obligó a concentrarse en ese sector, puntualizó el funcionario.

El plan parcial debe estar plasmado antes de finalizar el año, al igual que la unidad de actuación urbanística Ciudad Verde, afirma Jairo García.

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La enajenación temprana

Frente a la transferencia de la titularidad de dominio de los bienes en favor del municipio, Jairo García explica que después de un profundo análisis y gestión se tiene descartada en el corto y mediano plazo la posibilidad de la donación por parte de la SAE o el Gobierno Nacional, dada la prohibición legal de disposición a título definitivo vía donación de los bienes no perecederos, derivada de no existir un fallo en firme; por ello las entidades involucradas están manejando la figura de la enajenación temprana prevista y autorizada por el artículo 93 del Código de Extinción de Dominio.

Esta figura exige la venta basada en un avalúo comercial y, por supuesto, los recursos para cubrir el precio; adquisición y disposición de recursos que surge como obligación para el municipio, que sigue estando en condición presupuestal deficitaria y que además de este precio deberá financiar también todo lo atinente a la construcción y regularización de las redes de servicios públicos, la accesibilidad y los equipamientos dotacionales.

El asesor jurídico Luis Fernando González expresa que para la enajenación temprana se puede realizar la declaratoria de utilidad pública, que haga el municipio de estos predios, y contando con la voluntad de la Sociedad de Activos Especiales, SAE, se convierta en enajenación voluntaria.

También se podría usar la figura jurídica mediante autorización a la SAE cuando el manejo y tenencia de los bienes se hace tan oneroso que haga aconsejable su venta o como lo contempla el Plan de Desarrollo recientemente aprobado, en su artículo 45, cuando el bien de zona rural no pueda ser utilizado por la Agencia Nacional de Tierras, o el proceso de paz. Es este el caso de La Bendición.

Agrega que al estar urbanizado no puede ser usado para el tema rural y tampoco es una oportunidad de negocio para quien llegue a ser titular de esos pedios por el asentamiento continuado que hay allí.

La enajenación temprana permite  a la SAE, disponer del bien, venderlo a un precio comercial y el dinero que resulte se deposita en un CDT que queda en espera a quien se le entrega, si es a favor del Estado o el titular del predio, afirma el abogado.

Por el momento no se tiene establecido cuánto puede costar la tierra porque debe hacerse un avalúo comercial. Ni tampoco si los compradores de los lotes al urbanizador ilegal tendrán que pagar. Hay incertidumbre sobre este tema.

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Servicios Públicos

A corto plazo se tienen medidas de choque para mantener condiciones mínimas de salubridad y seguridad en el asentamiento.

A mediano plazo se vienen estableciendo acuerdos para la inclusión de Yopal y específicamente de la Ciudadela La Bendición y su zona de influencia dentro del programa de Esquemas Diferenciales para la regularización gradual de los servicios de acueducto y alcantarillado, convenio firmado con la Empresa de Acueducto Alcantarillado y Aseo de Yopal, Eaaay, el 30 de mayo, en Cartagena, junto con el acta de intención por parte del Gobierno Nacional como copartícipe y coinversor en este programa.

Por ahora se proyecta para antes de finalizar el año que la Eaaay operará la planta de acueducto de la ciudadela La Bendición. Esto está sujeto a que la SAE aporte 5 mil medidores y que haya los permisos de Corporinoquia para el uso de aguas.

Con respecto al tema del alcantarillado el Ministerio de Vivienda aportará 500 millones de pesos para su diseño. Se espera que antes de un mes se realice la contratación y luego vendrá la ejecución de obras, que podría costar entre 5 y 9 mil millones de pesos.

Contexto

Qué es la Unidad de actuación urbanística:

Es el área conformada por uno o varios inmuebles, delimitada en el plan parcial y que será urbanizada o construida como una unidad, con el objeto de promover el uso racional del suelo, garantizar el cumplimiento de las normas urbanísticas y facilitar la dotación con cargo a sus propietarios, de la infraestructura para el transporte, los servicios públicos domiciliarios y los equipamientos colectivos mediante el reparto equitativo de las cargas y beneficios.

Cifras de La Bendición

Familias actuales – 2.780 aproximadamente

Habitantes: – Entre 15 y 20.000 personas

Loteo – 5.000 unidades

Área ocupada – 72 hectáreas

 

La Bendición en Yopal

 

 

 

 

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