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Alcalde de Yopal se salvó del “canazo”… pero debe priorizar solución a Mi Nueva Esperanza

El Juzgado Primero Civil del Circuito de Yopal, en providencia de consulta, revocó la orden de arresto y multa contra el alcalde de Yopal, Luis Eduardo Castro, por el desacato al fallo de tutela que ordena el desalojo del predio donde está el asentamiento humano Mi Nueva Esperanza.

El incidente de desacato se originó porque el mandatario local incumplió la orden judicial de desalojar a 444 familias del predio de propiedad de Ana José Pérez Rodríguez y restituir los derechos de la propietaria, quien interpuso en el 2015 la acción de tutela 095 solicitando el reintegro de la propiedad, pero han pasado nueve alcaldes a la fecha y no se ha podido adelantar este procedimiento.

Tras una revisión de la decisión del Juzgado Primero Civil Municipal que declaró dicha medida, la entidad de justicia superior que entró en grado de consulta determinó en su providencia del 14 de julio del 2020, que el alcalde debe dar inmediato cumplimiento a lo ordenado en el fallo de tutela, realizando las actividades necesarias para reubicar al mencionado grupo de personas o restituyendo el terreno a sus dueños sin vulnerar los derechos fundamentales de los ocupantes.

En todo caso, considerando que se han hecho esfuerzos para poder cumplir la tutela pero que la situación extraordinaria de la emergencia sanitaria por la Covid-19 complica las cosas, el  cumplimiento del fallo de tutela y su ejecución debe estar contemplada con prioridad en el Plan de Desarrollo Municipal.

Argumentos de la Alcaldía de Yopal

Jhon Kennedy Wilchez, Jefe de la Oficina Jurídica de la Alcaldía de Yopal afirmó que en los alegatos presentados en la reclamación se basaron en que en época de pandemia de Covid 19 no se puede ejecutar ningún tipo de desalojo sustentado además con jurisprudencia del magistrado Orlando Quiroz de la Corte Constitucional que versa en tal sentido, ratificando que no se puede reubicar.

Sostuvo que se ha venido cumpliendo con las órdenes del juez pero existen dos elementos que imposibilitan ejecutar una acción contundente y eficaz para estas familias, no hay capacidad económica ni humana, además de que no hizo una valoración objetiva teniendo en cuenta las diferentes variables y la actual situación sanitaria del país, el departamento y el municipio.

Wilchez explicó que en el 2018 se otorgó a la Alcaldía de Yopal 36 meses para cumplir con el fallo de restituir el bien y retornar los derechos sobre el predio pero debía sacar del inmueble a 444 familias, 1.518 personas, 631 menores de edad, 60 adultos mayores, 191 en condición especial, 442 víctimas de la violencia, 331 desplazados y 10 personas en discapacidad.

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