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Negada demanda electoral contra diputado Marco Tulio Ruíz

Negada por improcedente la demanda que pretendía la nulidad de la elección de Marco Tulio Ruíz como diputado de la Asamblea de Casanare, interpuesta por el dirigente político del partido Centro Democrático Franklin Patiño Achagua, quien hubiera sido elegido si el demandado no hubiera aceptado la curul.

Así lo determinó el Tribunal Administrativo de Casanare en fallo de primera instancia del pasado 6 de agosto que consideró que la Corte Constitucional declaró exequible la ley 1909 mediante la cual se determinó que los candidatos que obtuvieran la segunda votación para elecciones de presidente, gobernadores y alcaldes, tenían derecho a un curul en las respectivas corporaciones de elección popular.

Por tanto Marco Tulio Ruíz al haber logrado la segunda votación en la elección de gobernador el año pasado frente a Salomón Sanabria, tenía la opción de aceptar la curul, como efectivamente lo hizo. Se ratificó por parte del Tribunal, que en ningún momento se violó la Constitución como el demandante afirmó.

Para el Contencioso la demanda resulta temeraria porque todos los candidatos debían saber sobre esta norma y sus implicaciones.

NEGADA DEMANDA ELECTORAL CONTRA MARCO TULIO RUÍZ

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