Gobernador de Casanare se mantiene en el cargo. Consejo de Estado falló a su favor.

La Sección Quinta del Consejo de Estado falló a favor del gobernador de Casanare Salomón Sanabria en el proceso de demanda de nulidad electoral entablado en su contra. Se acogió la tesis de que los estatutos no pueden estar por encima de la Constitución y la Ley.
La Sala de lo Contencioso Administrativo, consideró que “la inhabilidad alegada por los demandantes al estar contenida en una norma interna del Partido Político Centro Democrático, no tiene la entidad de causal de nulidad de electoral”.
La Sala Electoral, con ponencia de la magistrada Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez, reiteró que las inhabilidades son de origen exclusivo de la Constitución Política y la ley y que las establecidas en normas dictadas por la colectividad política no conllevan la anulación de la elección.
Igualmente que los argumentos expuestos por los demandantes Gonzalo Ramos y Guillermo Francisco Reyes, no encuadran en ninguna de las causales de inhabilidad legalmente estipuladas para ejercer el cargo de gobernador de Casanare.
Por ende la Sección Quinta negó las pretensiones de las demandas de nulidad electoral contra el acto de elección del gobernador Salomón Sanabria, periodo 2020 – 2023.
Lo que argumentaban los demandantes
Estos alegaban que se debía declarar la nulidad electoral de la elección del gobernador Salomón Sanabria argumentando que los estatutos del partido Centro Democrático establecían en el artículo 13 de la resolución 024 del 11 de septiembre de 2017 una inhabilidad estatutaria hasta el segundo grado de afinidad para el candidato (Ser cónyuge o compañero permanente, o encontrarse hasta el cuarto (4) grado de consanguinidad, segundo (2) de afinidad o primero (1) civil, al mismo cargo de elección popular, por el partido Centro Democrático). En este caso se configuraba porque el actual gobernador es cuñado del saliente gobernador de Casanare, Josué Alirio Barrera Rodríguez, avalado por el Centro Democrático y elegido popularmente.
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