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Urbanizador ilegal Jhon Jairo Torres tendrá que restituirle $5 mil millones a quien le vendió terrenos de La Bendición en Yopal

A propósito de la legalización de la urbanización de La Bendición, se conoció que el condenado por urbanización ilegal y destituido alcalde de Yopal Jhon Jairo Torres deberá devolverle o restituirle inmediatamente a Jairo Enrique Pérez Barreto, más de 5 mil millones de pesos luego de que se declararan nulos contratos verbales de compraventa de al menos 15 hectáreas del predio Los Manantiales, vecino del terreno Claveles, donde se realizó parte de la ciudadela La Bendición. Así lo determino el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Yopal el pasado mes de marzo.

El fallo se profiere ate una demanda de nulidad de las promesas de contrato de compraventa celebrada entre Jhon Jairo Torres y Jairo Enrique Pérez Barreto, quien aparece como dueño de los terrenos donde se realizó La Bendición.

A través de estos contratos escritos y verbales, inicialmente se pactó un contrato de compraventa de 60 hectáreas, al cual se le adicionaron 15, por una suma total 9 mil millones de pesos. De estos, inicialmente se cancelaron 4 mil millones de pesos.

De la providencia se desprende que el litigio se dio porque en los contratos no quedó establecido con precisión cuáles eran los predios negociados y al momento de la ocupación en enero de 2014, Jhon Jairo Torres utilizó para su ilegal urbanización otro predio distinto al negociado, este era Claveles.

A través de este mismo fallo se declaró entre el demandante Jairo Enrique Pérez Barreto y el demandado Jhon Jairo Torres Torres se suscribió un contrato de promesa de compraventa que data del 9 de enero de 2014, que luego se extinguió por novación al celebrar las partes un nuevo precontrato escrito que data del 30 de enero de 2014. Sin embargo, por la demanda interpuesta, este contrato escrito de promesa de compraventa también se declaró absolutamente nulo.

El juez también preciso que “como quiera que dentro de la actuación se ha establecido que contra el demandante se viene suscitando actuación de extinción de dominio respecto de los bienes vinculados en los contratos, se ordenará que los dineros objeto de restitución se pongan a disposición del despacho en la cuenta de depósitos judiciales, en principio porque dichos créditos se encuentran embargados por cuenta de este mismo despacho, según se anunció en auto del 30 de noviembre de 2020”.

Se requerirá a la Fiscalía 34 Delegada ante la Dirección Especializada de Extinción del Derecho de Dominio para que haga las precisiones del caso frente a la disponibilidad de estos dineros por parte del demandante y de no requerirse la remisión de estos recursos, como quiera que los derechos de crédito en favor de dicha persona se encuentran embargados.

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