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Otra vez elección de director de Corporinoquia en veremos. Una tutela frenó en seco el proceso.

Luego de muchos irés y venirés en el proceso de elección del director de Corporinoquia, por cuenta de la demanda de nulidad electoral que tomó cerca de dos años en resolverse y cuando ya se estaba a punto de elegirse el nuevo titular de esta entidad, la elección prevista para el 30 de diciembre debió suspenderse por la orden del Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Puerto Carreño, Vichada, que impuso esta medida cautelar provisional mientras se resuelve de fondo una tutela de un representante de la comunidad indígena.

La acción de tutela la instauró Óscar Javier Vargas Urrego, integrante del resguardo Cachicamo, en contra del Consejo Directivo de la Corporinoquia y de la misma entidad, argumentando la vulneración de los derechos de las comunidades indígenas, en relación a la elección del representante de estas al Consejo Directivo de la entidad ambiental, efectuado en octubre de 2019, para la vigencia 2020-2023.

Sobre esto, la Sección Quinta del Consejo de Estado en fallo de única instancia del 27 de octubre de 2021 declaró la nulidad de la elección de Sofía Consuelo Lombana Ketshinei como representante principal de las comunidades indígenas ante el Consejo Directivo de Corporinoquia. Sin embargo la decisión no está ejecutoriada y ella sigue siendo consejera.

Ante la inminencia de la elección del nuevo director de Corporinoquia, el juez consideró que se hace necesaria la medida cautelar mediante la cual se suspendió el proceso en aras de evitar daños o perjuicios irremediables, mientras se toman decisiones de fondo en la tutela.

El Juzgado ordenó también que la Corporinoquia publique la copia de la demanda de tutela y sus anexos para que los aspirantes, si lo tienen a bien, se hagan parte del proceso, porque sus derechos podrían verse afectados con el fallo. Esto último no se ha cumplido.

Para algunos miembros del Consejo Directivo, la representante de los indígenas es la elegida Sofía Lombana porque el fallo no está en firme. En todo caso la ausencia, inhabilidad o cualquier situación que impida participar a un o unos consejeros no impide que la existencia de quórum tome decisiones.

Sin embargo, consultando la página web del Consejo de Estado, aparece registrado que el 16 de enero se rechazó un recurso de súplica interpuesto por la demandada Sofía Lombana y le advirtió que de continuar con la formulación de recursos y nulidades impertinentes se actuará con medidas correctivas y disciplinarias.

El fallo de la acción de tutela podría tomarse al menos dos semanas, considerando la vacancia judicial.

 

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