Por comparenderas que nunca funcionaron Contraloría sancionó a exalcalde de Yopal Willman Celemín y exsecretario Rofer Roncancio
La Contraloría Departamental de Casanare emitió fallo de responsabilidad fiscal a título de culpa grave contra el exalcalde de Yopal, Willman Enrique Celemín y el exsecretario de tránsito Rofer Roncancio, por 184 millones de pesos por irregularidades cometidas en el contrato de compraventa No. 1180 del 21 de octubre de 2013 referente a la adquisición de insumos para el mantenimiento de los puntos semafóricos de Yopal y comparenderas electrónicas para la operación de la secretaría de tránsito y transportes municipal celebrado con la Unión Temporal Comparenderas 2013.
La Contraloría evidenció que las 10 comparenderas adquiridas no prestaron la función o el uso para el cual fueron adquiridas por tanto no se cumplió con el objeto del contrato. Estas no tenían licencia de uso, de software, planes de datos ni documentación. Aunque las comparenderas fueron entregadas a los agentes del tránsito, estos no contaron con manuales, licencias, guías que les permitieran ponerlas en funcionamiento. Igualmente, en su momento el secretario de tránsito expresó que hubo inconvenientes en la gestión para la aprobación de los rangos para comparendo electrónico a través del SIMIT.
Para la Contraloría Departamental, el exalcalde Celemín, no ejerció el control y vigilancia de la ejecución del contrato, incumplió con la obligación de ejercer la dirección y manejo de la actividad contractual, lo que ocasionó la pedida de los dineros cancelados al contratista por 146 millones de pesos, e indexados al presente, 184 millones de pesos. La función del alcalde frente a la contratación no es solo firmar el contrato sino vigilar su cumplimiento.
Mientras tanto, la responsabilidad que se le endilga al entonces secretario de tránsito, Rofer Roncancio Sanabria tiene que ver con que él no en su calidad de supervisor del contrato no realizó una previsión de la aprobación del rango SIMIT para poner en funcionamiento las comparenderas. Las recibió, pero no verificó que fuesen asignados a los destinatarios finales, ya que los agentes del tránsito no contaron con los manuales, licencias y guías que permitieran su uso. Igualmente, él fue el que revisó y aprobó los estudios previos, por ende, tuvo que ver con la planeación y justificación del contrato.
Contra este fallo emanado el pasado mes se puede presentar el recurso de reposición por tratarse de un proceso de única instancia. Copias del fallo fueron remitidas a la Procuraduría para lo de su competencia.
FALLO DE RESPONSABILIDAD FISCAL WILLMAN CELEMIN
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