Juez que ordenó suspensión de millonario contrato de PTAR no está impedido en acción popular
Ante la recusación de que fuera objeto el Juez Tercero Administrativo, Mauricio Andrés Pérez Caballero, en relación a la acción popular contra la Eaaay del exalcalde Leonardo Puentes, en relación al millonario contrato de 70 millones de dólares de la operación de la PTAR de Yopal, el Juzgado Segundo Administrativo la negó.
El juez segundo, Lubier Aníbal Acosta González, declaró infundada la recusación, que tenía como argumento que el juez tercero tenía dos hermanos trabajando, uno en la Alcaldía de Yopal y otro, en la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Yopal. En la providencia se destaca que si bien estos, son familiares del juez, no tiene cargos de niveles directo, asesor o ejecutivo de alguna de las entidades mencionadas que impliquen ser tomadores de decisiones o asesoramiento.
En el fallo, el juez segundo también advierte que frente a los señalamientos sobre irregularidades en el trámite procesal de la medida cautelar, hechas por el representante legal de la Eaaay, Jairo Bossue Pérez, hay desconocimiento de las nuevas herramientas con que cuentan los jueces administrativos por tanto se abstiene de imponer sanciones contra el juez.
La decisión se da en el momento en que se conoció un video donde el representante legal de la firma Ingenicontec SAS, contratista de la Eaaay para el contrato de la operación y construcción de la nueva PTAR, Nelson Javier Suescún, expresa que hay una serie de comisiones o coimas que debe pagar a funcionarios que tienen que ver con el contrato como el alcalde de Yopal, el gerente de la Eaaay y el parlamentario Hugo Archila.
Por su parte el accionante popular, el exalcalde Leonardo Puentes, se mostró satisfecho por la decisión.
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