Ecopetrol deberá compensar, “sin tacañez”, daños ambientales en Cupiagua para renovar permiso de emisiones, según orden de Tribunal y Corporinoquia.

El Tribunal Administrativo de Casanare negó las pretensiones de una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por Ecopetrol S.A. contra Corporinoquia en relación a la renovación de un permiso de emisiones del CPF de Cupiagua, Aguazul, que implicaba que la empresa debía compensar el impacto ambiental causado. Según el fallo, la petrolera debe resarcir los daños ambientales a través de la reforestación con especies nativas de la región y el sitio a compensar debe estar dentro de la cuenca de afluencia de cada proyecto.
La petrolera colombiana pretendía que se declarara la nulidad de la medida de compensación impuesta por la Corporación Autónoma de la Orinoquia y confirmada en agosto de 2019, argumentando que la medida de compensación era desproporcionada e injusta, y que no estaba respaldada por un estudio técnico adecuado. Sin embargo, no pudo probar lo anterior o desvirtuar la legalidad de los actos administrativos de la entidad ambiental.
Por el contrario, Corporinoquia profirió los actos administrativos de compensación ambiental con base en el estudio técnico e información allegada por Ecopetrol con la solicitud de prorroga del permiso de emisiones atmosféricas sin que esta haya desmentido el impacto ambiental.
El tribunal en fallo de sentencia anticipada del 23 de marzo, consideró que la medida de compensación impuesta por la Corporación Autónoma de la Orinoquia tiene fundamento en el concepto técnico de octubre de 2018 y en la Resolución No. 500.36-19-1337 de agosto de 2019, y que Ecopetrol debe resarcir a la comunidad aledaña y al entorno natural con la reforestación establecida en los actos demandados en 7 hectáreas por cada una de las fuentes fijas, siendo un total de 140 hectáreas -son 20 equipos y o puntos fijos-.
De acuerdo con el Contencioso Administrativo, la operación del CPF Cupiagua, según el análisis de impacto ambiental de Corporinoquia, ha generado varios impactos ambientales negativos, entre ellos:
- 1. Iluminación generada en la quema de gas: afecta principalmente a las comunidades aledañas al área de influencia, las especies nativas dentro del sector y los animales que son fuente de producción económica de las comunidades existentes, generando impactos sobre la salud humana, cambios sobre los hábitos normales, además de desorientar a los organismos acostumbrados a desarrollar sus funciones biológicas en la oscuridad, afectando la puesta de huevos de las especies dado el cambio en el nivel de luz.
- Generación de calor: la operación del CPF Cupiagua ha generado radiación, luminosidad y calor que afecta al entorno natural y a las comunidades aledañas.
- Quema de gas: acelera el proceso de calentamiento global y afecta a la biodiversidad, además de que en zonas cercanas a las estaciones de separación donde el gas se quema día y noche, se producen lluvias ácidas con altos contenidos de hidrocarburos muy cancerígenos que contaminan cultivos y otras áreas.
- Ruido: la operación del CPF Cupiagua genera ruido que afecta a las comunidades aledañas y a la fauna silvestre.
Por lo tanto, se impuso la obligación de establecer medidas de prevención, protección, mitigación y compensación para resarcir y retribuir a las comunidades, las localidades y el entorno natural por los impactos y efectos negativos generados en la operación del proyecto, que se ha venido desarrollando durante 21 años.
Otras noticias…
En pleno proceso de inscripción para programas de vivienda en Yopal, renunció la gerente de Indev.
Un comentario