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Vía libre a reelección de Oriol Jiménez como rector de Unitrópico. Negada tutela que podía obstaculizarla.

Todas las condiciones están dadas para que mañana 19 de diciembre Oriol Jiménez, actual rector de Unitrópico, y único candidato habilitado, sea reelegido en este cargo. El Juzgado Tercero Administrativo de Yopal declaró improcedente una tutela interpuesta por el postulante no admitido José Apuleyo Torres Maldonado contra el Consejo Superior de la Judicatura, para poder seguir en el proceso de elección.

El Juzgado no halló méritos para esta acción constitucional que exigía que fuera habilitada su hoja de vida para la elección luego de que el Consejo Superior declarara que no cumplió con la totalidad de los requisitos exigidos. Como consecuencia de lo anterior se levantó la medida cautelar mediante la cual se suspendió el proceso de elección el pasado 7 de diciembre.

Así las cosas, la elección del rector Oriol Jiménez Silva, único candidato, se realizará esta semana, ya sea el 19 o el 23 de diciembre, según nuevo cronograma de elección establecido en una resolución emitida hoy por la rectora Ad hoc de Unitrópico Sindy Lorena Guatava Fernández.

 

Qué dijo el Juzgado

Con respecto a los argumentos que tuvo el Consejo Superior para inhabilitar la hoja de vida y con lo cual el accionante no estuvo de acuerdo por considerar que sí cumplía con los requisitos exigidos en cuanto a la experiencia, el Juzgado consideró que si persiste su inconformidad puede acudir a la jurisdicción de lo contencioso administrativo e interponer una acción de nulidad electoral, mecanismo idóneo para controvertir la legalidad de los actos administrativos emitidos.

El Consejo Superior de Unitrópico consideró que la experiencia exigida de al menos tres años como directivo de una institución de educación superior no fue demostrada por el postulante.

En relación a que las recusaciones realizadas por Oscar Vargas Pinto en su calidad de delegado de la Presidencia de la Republica ante el Consejo Superior de la Universidad contra cinco miembros de este y el secretario general de Unitrópico, y las cuales supuestamente debían haber sido remitidas a la Procuraduría para su resolución, el juzgado tercero administrativo expresó que estas no cumplen con el requisito de demostrar con pruebas los supuestos impedimentos.

Se precisa que no basta con esbozar que un miembro del Consejo Superior está impedido, que esto es así y exponer los argumentos. No es suficiente decir que algunos de los recusados eran subordinados del actual rector Oriol Jiménez, sino que se debía adjuntar las pruebas. Tampoco es motivo que se exprese que hay relaciones de amistad intima sin probarlo. Igualmente se expresó que no se podía afectar el quorum solo por presentar las recusaciones. Por ende, si no se cumplieron las exigencias formales de las recusaciones no era obligatorio suspender el cronograma de elección ni remitir a la Procuraduría.

Por su parte la Universidad expresó que cuenta con reglamento interno para darle tramite a las recusaciones y este se aplicó en debida forma.

En Unitrópico se informó que, si bien la situación de las recusaciones contra miembros del Consejo Superior pareciera ser similar a la de recusaciones contra el Consejo Directivo de Corporinoquia, la diferencia radica en que en la Universidad sí se cuenta con un reglamento interno en el que está contenido el protocolo para resolverlas mientras que en la entidad ambiental no, y por ello cuando se afecta el quorum deben ser remitidas a la Procuraduría.

 

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