Insólito. Inspector de policía de Yopal capturado por pedirle dinero a un comerciante para evitar cierre de un establecimiento.

El inspector cuarto de policía de Yopal Jorge Enrique Monroy Niño fue arrestado por el CTI de la Fiscalía y el Gaula Militar por presuntamente chantajear a un comerciante, exigiendo un pago de 3 millones de pesos para evitar el sellamiento de su establecimiento comercial. El delito que se le endilga es concusión y si es condenado tendría una pena de entre 9 y 15 años, según el Código Penal.
Se descubrió que Monroy Niño estaba bajo investigación por presunto abuso de poder. Según las denuncias investigadas por la Fiscalía 13 Seccional, el inspector habría solicitado dinero a un comerciante el 7 de abril pasado. En esa fecha, el comerciante había recibido una multa de las autoridades policiales por no tener el permiso de uso de suelos para su local comercial.
Ante esta situación, el comerciante se acercó a la Inspección Cuarta, donde Monroy Niño supuestamente se ofreció a “ayudarle” para que no tuviera que pagar la multa y evitar el cierre de su negocio. Esta “colaboración” tendría el costo mencionado.
El comerciante, al darse cuenta de la irregularidad, optó por denunciar el soborno el 19 de abril. Cuatro días después, este 23 de abril, se informó que Monroy Niño fue arrestado en el acto de recibir el soborno. El inspector fue presentado ante un juez de garantías para iniciar el proceso judicial.
Delito de concusión
Se comete cuando un servidor público abusa del poder que le da su cargo y exige dinero, que no le corresponde, para realizar las funciones que son parte de su trabajo. Por lo tanto, el funcionario que comete delito de concusión tiene un comportamiento que no es el adecuado. Los siguientes son elementos indispensables para que se tipifique el delito:
- Quien comete la acción debe ser un funcionario público que ejerce sus labores en el momento del delito.
- Se debe dar un abuso del poder por parte del servidor. Este debe utilizar su puesto para convencer a un tercero de cambiar su conducta en beneficio del funcionario.
- Para que se dé el delito de concusión, el funcionario debe constreñir, inducir o solicitar algo que le beneficie o le dé algún tipo de utilidad indebida.
- La causalidad debe existir entre la presión que el funcionario ejerce y la utilidad que recibe.
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