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Zorro y Marco Tulio, ahora en la Comisión Rectora de Regalías. Su reto: planificar y distribuirlas equitativamente.

El gobernador de Casanare César Ortiz Zorro y el alcalde de Yopal Marco Tulio Ruiz Riaño fueron designados como miembros de la Comisión Rectora del Sistema General de Regalías, por un periodo de un año.

Ortiz Zorro y Ruiz Riaño tendrán la tarea de evaluar la ejecución de los recursos del SGR y de establecer, mediante acuerdos, las regulaciones administrativas que aseguren el correcto funcionamiento de este sistema vital para la distribución de las regalías en el país.

 

Qué dice Zorro de esta designación

“Recibo con alegría y con compromiso esta designación. A partir de ahora y durante el próximo año, tendré el honor de participar en la formulación de la política general del SGR, evaluando su ejecución y asegurando el adecuado funcionamiento del Sistema. Junto con nuestro amigo y alcalde de Yopal, Marco Tulio Ruiz, que también conforma esta comisión, vamos a seguir trabajando en el desarrollo y bienestar de nuestra comunidad”, expresó el gobernador Ortiz Zorro al conocer su designación.

Además de los mandatarios de Casanare y Yopal, otros líderes regionales como el gobernador de Cundinamarca, Jorge Emilio Rey, y el alcalde de Mocoa, Carlos Hugo Piedrahita, también fueron incluidos en la comisión, la cual es clave para la planificación y distribución de las regalías que impulsan proyectos de desarrollo en las regiones.

 

Conformación Comisión Rectora de Regalías

 

Retos

El reto es enorme considerando que pronto comenzará el estudio del proyecto de ley de presupuesto de regalías para el bienio 2025-2026 y el cual tendrá una reducción del 17% en promedio con respecto al bienio 2023-2024. Algunos parlamentarios ya manifestaron su descontento con la disminución de sus asignaciones directas de regalías y piden un replanteamiento en la formula mediante la cual se liquidan estos recursos generados por la explotación de recursos minero energéticos.

Igualmente tendrán la posibilidad de evaluar el sistema de contratación de regalías con unidades ejecutoras, conformadas por asociaciones de municipios, departamentos o fondos mixtos, establecidas en la ley 2056 de 2020.

 

Funciones:

1. Definir las directrices generales, procesos, lineamientos, metodologías y criterios para el funcionamiento y direccionamiento estratégico del Sistema General de Regalías, en el marco de lo dispuesto en la normativa que regule la materia.

2. Adoptar los requisitos técnicos sectoriales para viabilizar y priorizar los proyectos de inversión financiados a través de recursos del Sistema General de Regalías.

3. Administrar y distribuir mediante acto administrativo, los recursos de funcionamiento del Sistema General de Regalías y establecer las condiciones para su uso, de acuerdo con la apropiación realizada en la ley bienal de
presupuesto.

4. Emitir concepto no vinculante sobre el proyecto de presupuesto del Sistema General de Regalías previo a su presentación al Congreso de la República, teniendo en cuenta, entre otros, los promedios históricos de ejecución y demás criterios contenidos en la Ley 2056 de 2020.

5. Emitir concepto previo no vinculante a la autorización de la expedición de vigencias futuras para los recursos de funcionamiento, operatividad y administración del Sistema General de Regalías.

6. Estudiar los informes de evaluación general del Sistema General de Regalías.

7. Presentar anualmente al Congreso de la República los estados financieros y de resultados del Sistema General de Regalías, un informe parcial sobre los destinatarios de las asignaciones directas y los demás informes que se requieran en relación con los objetivos y funcionamiento del Sistema.

8. Expedir los lineamientos para la organización y administración del sistema de información que permita disponer y dar a conocer los datos acerca del funcionamiento, operación y estado financiero del Sistema General de Regalías.

9. Emitir concepto previo no vinculante para la activación del desahorro, según lo establecido en la Ley 2056 de 2020.

10. Adoptar los lineamientos para la financiación de los proyectos de emprendimiento y generación de empleo con cargo a los recursos del 5% del mayor recaudo del Sistema General de Regalías, los cuales serán definidos por el Gobierno nacional.

11. Adoptar las metodologías de distribución y asignación de los recursos del incentivo a la exploración, producción y formalización, según corresponda, que establezca el Ministerio de Minas y Energía, de conformidad con el numeral 11 del artículo 5, el numeral 8 del literal A del artículo 7 y el artículo 39 de la Ley 2056 de
2020.

12. Establecer los lineamientos para la emisión de los conceptos de los proyectos de inversión.

13. Convocar a otros invitados, cuando los miembros de la Comisión Rectora determinen que por la especialidad del tema a tratar se requiere del acompañamiento de otros participantes, lo cual se deberá informar a la Secretaría Técnica de la Comisión Rectora previo inicio de la sesión y se dejará registro de asistencia en la respectiva acta de la sesión.

Otras noticias… 

Desde mañana Festival de Teatro Guadalupe en Yopal. Más de 200 artistas en escena.

 

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