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Exalcalde LEC, mal parado, por aceptar terreno emproblemado para fallido Terminal de Yopal

Un fallo del Juzgado Segundo Administrativo del Circuito de Yopal fechado de ayer expone graves irregularidades en la adquisición de un terreno destinado a la construcción de la Terminal de Transportes de Yopal, revelando una preocupante falta de transparencia y honestidad por parte de la Alcaldía Municipal, en ese momento dirigida por Luis Eduardo Castro, con estilo microgerencial.

El terreno, que inicialmente pertenecía al municipio como bien baldío, fue enajenado de manera irregular y, posteriormente, aceptado como aporte por un valor de $14.500 millones de pesos en la creación de una sociedad de economía mixta Terminal de Transportes de Yopal.

Aunque finalmente el negocio del lote fue disuelto, solo hasta ahora se produce la sentencia sobre una acción popular interpuesta por el exconcejal de Yopal Oromairo Avella Ballesteros, a quien el aporte del lote le parecía anormal.

 

Una venta irregular desde el inicio

El predio en cuestión, identificado con folio de matrícula inmobiliaria No. 470-76822, formó parte de un bien baldío transferido por la Nación al municipio de Yopal. Sin embargo, en 2006, el Comité Regional de Ganaderos adquirió este terreno por un valor irrisorio de $33.963.200, en una transacción que, según la legislación vigente, no era legal.

La Ley 137 de 1959 establece que los bienes baldíos deben estar destinados a multas de interés público, como la construcción de vías, servicios públicos o proyectos de infraestructura. A pesar de esto, el predio fue enajenado a un particular.

El fallo resalta que, además de ser enajenado de manera irregular, el terreno tenía una anotación de «falsa tradición» en su matrícula inmobiliaria, lo que indicaba que los derechos sobre el predio no estaban debidamente regularizados. Este tipo de predios no pueden ser vendidos ni transferidos, según la normativa legal, por lo que cualquier operación sobre ellos es nula de pleno derecho.

 

Una negociación cuestionable: El aporte del predio a la sociedad mixta

A pesar de estos antecedentes, en octubre de 2021 el terreno fue aceptado como aporte de un socio particular, la empresa RJC Services SAS, para la constitución de la Sociedad de Economía Mixta «Terminal de Transportes de Yopal SAS».

El predio fue valorado en la exorbitante cifra de $14.500 millones de pesos, un precio que supera con creces su valor real, según los documentos oficiales, y que beneficiaba de manera desproporcionada al socio privado.

El proceso de constitución de la sociedad y la incorporación del terreno como parte del capital social fueron autorizados por el entonces alcalde de Yopal Luis Eduardo Castro en su calidad de presidente de la junta directiva de la sociedad. En el acuerdo de constitución, el municipio de Yopal quedó con una participación del 20%, mientras que los socios privados, entre ellos RJC Services SAS, obtuvieron un porcentaje mayor.

Sorprende la situación si se considera que Castro, además de abogado era muy meticuloso al hacer trazabilidad a los procesos. Es decir, una situación irregular como la que estaba ocurriendo no se le hubiera pasado por alto así nada más.

En el fallo se expresa textualmente que “Encuentra probada la omisión o abstención imputable a la administración municipal de Yopal como accionista de la sociedad de economía mixta TERMINAL DE TRANSPORTE DE YOPAL S. A. S. el no haber actuado diligentemente en tanto, no realizó un real y exhaustivo examen jurídico de los títulos del bien mencionado para así evitar su incorporación como pago en espacio al patrimonio social, desconociendo la orden judicial.

 

Falta de probidad y omisión de órdenes

El fallo judicial subraya que las autoridades municipales, al permitir esta negociación, incurrieron en una serie de omisiones graves. No se realizó un estudio adecuado de los títulos del terreno, a pesar de las múltiples advertencias sobre su estatus jurídico. Además, se ignoraron las órdenes judiciales previas que prohibían la venta del predio, lo que compromete aún más la responsabilidad de la Administración Municipal.

El juez enfatiza que la actuación de la Alcaldía “Demuestra que no fue un yerro involuntario, sino dirigido y encaminado a purgar con esta actuación el acto primigenio de venta, lo que permite inferir y concluir que – al parecer – no estaba dentro del accionar administrativo acatar la orden judicial sino al contrario buscar la manera de entregar el bien considerado público a un particular”.

La Contraloría Departamental de Casanare había emitido alertas desde 2022 sobre inconsistencias tanto en la adquisición del terreno como en la conformación de la sociedad. Estas advertencias fueron desatendidas, lo que permitió que el proyecto del terminal avanzara sin un control adecuado sobre los recursos.

Remisión del caso a los órganos de control

Ante la gravedad de las irregularidades, el Juzgado decidió remitir copias del fallo a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría General, para que se investiguen posibles responsabilidades penales y disciplinarias de los funcionarios públicos y particulares involucrados. Según el fallo, se ha vulnerado gravemente la moralidad administrativa y el patrimonio público, al permitir que un bien del municipio sea utilizado de manera irregular para favorecer a intereses particulares.

La Fiscalía deberá investigar si las autoridades municipales actuaron de manera negligente o con dolo al permitir la incorporación del terreno en la sociedad de economía mixta, mientras que la Procuraduría evaluará si existen responsabilidades disciplinarias por la omisión de las publicidades.

 

Un peligroso precedente

Este caso pone en evidencia cómo la falta de probidad y transparencia en la administración de los bienes públicos puede generar graves afectaciones al patrimonio del Estado y comprometer proyectos de infraestructura esencial para la comunidad. La venta irregular del terreno, su posterior incorporación a la sociedad de economía mixta y el uso de recursos públicos para beneficiarios a particulares son un claro ejemplo de cómo la deshonestidad en la gestión pública puede tener repercusiones devastadoras.

A pesar de que en septiembre de 2023 se llegó a un acuerdo de resciliación (terminación del acuerdo) para revertir la operación del terreno, las actuaciones previas siguen siendo objeto de cuestionamiento legal. La falta de un control adecuado en las etapas iniciales del proyecto permitió que se cometieran irregularidades que ahora son investigadas.

El predio, que inicialmente había sido transferido a la sociedad de economía mixta, fue devuelto a la empresa privada «RJC Services S.A.S.», pero las acciones judiciales y administrativas aún siguen su curso.

 

El papel del Comité de Ganaderos deja mucho que pensar

El Comité Regional de Ganaderos de Yopal jugó un papel central en las irregularidades desde el inicio del proceso. En 2006, adquirió el terreno que posteriormente sería objeto de disputa por una cifra muy inferior a su valor real, aprovechando su condición de bien baldío. A pesar de que estaba obligado a ceder cuatro hectáreas de ese terreno al municipio, no cumplió con lo pactado, lo que agravó aún más la situación.

Este incumplimiento fue señalado en el fallo del Tribunal Administrativo de Casanare de 2015, que ordenó la restitución parcial del terreno al municipio. No obstante, las autoridades locales no hicieron cumplir esa decisión, lo que permitió que las irregularidades continuaran hasta que finalmente el predio fue incorporado a la sociedad de economía mixta en condiciones desfavorables para el municipio.

SENTENCIA TERMINAL DE TRANSPORTE YOPAL

Ver también:

Predio donde se construirá Terminal de Transportes de Yopal terminó siendo un “negociazo” para un particular, aunque era del municipio.

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