Helí Cala elaboró un plan criminal para apoderarse del presupuesto de Casanare: Corte Suprema de Justicia, Sala Primera Instancia
59 cartas de acuerdo con el Convenio Andrés Bello, para contratar diversas obras con recursos propios y de regalías, por 94 mil millones de pesos, son las que enredaron y llevan a la prisión a políticos que gobernaron hace cerca de dos décadas a Casanare. Hoy existen otras figuras jurídicas similares para hacer lo mismo y los gobernantes de municipios y del Departamento, las están usando. Estas podrían ser las consecuencias.
A 15 y 11 años de prisión, sin beneficio de excarcelación, fueron condenados por corrupción, los exgobernadores de Casanare, Helí Cala López y Whitman Herney Porras Pérez, en la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia. El primero está en el ocaso de la vejez y el segundo, preso desde hace más de una década.
El pasado no parece perdonar. Estos políticos casanareños gobernaron al departamento hace cerca de 20 años. Y los contratos que se hicieron en aquella época son los que los tienen contra las cuerdas y pronto, tras las rejas a uno y al incremento del tiempo en prisión, del otro.
Helí Cala, de congresista y gobernador a ser preso
Cala López, de aproximadamente 65 años, fue condenado a 187 meses de prisión por los delitos de peculado por apropiación agravado en concurso con el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales en la modalidad de continuado.
Para la Sala de Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, Cala López elaboró un plan criminal celebrando un convenio amañado y suscribiendo la carta de acuerdo para apoderarse a manera de comisión de recursos del presupuesto de la Gobernación de Casanare.
Adicionalmente al exgobernador le fueron impuestas multas, indemnizaciones y costos de agencias en derecho, por una suma aproximada de 4 mil millones de pesos.
Como gobernador designado entre 2005 y 2006, ante la suspensión de Miguel Ángel Pérez Suárez (q.e.p.d), promovió el convenio marco 220 de 2005 con la Secretaría Ejecutiva del Convenio Andrés Bello (SECAB).
Aunque se justificó como un acuerdo de cooperación técnica, la Corte determinó que las contrataciones financiadas exclusivamente con recursos públicos debían cumplir con el Estatuto General de Contratación Pública, lo que no ocurrió.
Este convenio facilitó el manejo irregular de más de 94 mil millones de pesos mediante la suscripción de 57 cartas de acuerdo específicas, con descuentos ilegales del 3 % por parte de la SECAB.
Las cinco cartas de acuerdo con los valores más altos dentro del Convenio Marco 220 de 2005:
- Carta de Acuerdo 4
- Valor: $27.943.004.784
- Objeto: Pavimentación de la vía San Benito-Recetor-Chámeza, tramo Km3+930 al Km21+000, e interventoría técnica correspondiente.
- Duración: 17 meses.
- Presupuesto: Se financiaron con recursos del Fondo de Ahorro y Estabilización Petrolera (FAEP).
- Carta de Acuerdo 2
- Valor: $12.574.292.037
- Objeto: Construcción, mejoramiento y mantenimiento de sistemas de alcantarillado sanitarios y pluviales, y sistemas de tratamiento de aguas servidas en Casanare.
- Duración: 14 meses.
- Carta de Acuerdo 8
- Valor: $1.999.300.026 (con adición de $194.988.505)
- Objeto: Construcción e interventoría de la segunda etapa del puente La Chapa en el río Ariporo, municipio de Hato Corozal.
- Duración: 8 meses.
- Carta de Acuerdo 9
- Valor: $1.411.379.265
- Objeto: Continuación, construcción e interventoría del matadero regional en el municipio de Paz de Ariporo.
- Duración: 8 meses.
- Carta de Acuerdo 10
- Valor: $1.433.109.960
- Objeto: Construcción de redes de alcantarillado sanitario y planta de tratamiento de aguas residuales en el centro poblado de la vereda Santa Helena del Cúsiva, municipio de Maní.
- Duración: 8 meses.
Estas cartas representan algunos de los proyectos más significativos en términos de recursos comprometidos, y fueron parte de las irregularidades señaladas por la Corte Suprema de Justicia, incluyendo el descuento del 3 % destinado a la SECAB, lo que constituyó un manejo indebido de los fondos públicos.
La Sala de Primera Instancia se pudo comprobar que Helí Cala, se apropió indebidamente de al menos 615 millones de pesos, que era una parte del anticipo dado en la carta de acuerdo número 9. Por ello se le endilgó el delito de peculado por apropiación agravado por la cuantía.
La “mordida” del exgobernador de Casanare Helí Cala López que lo tiene en la mira de la Fiscalía
Whitman Porras, nueva condena
Sobre este exgobernador se impuso una nueva sentencia de 132 meses de prisión, por contrato sin cumplimiento de requisitos legales en la modalidad de continuado.
Porras Pérez, de 52 años, asumió la gobernación en 2006 y continuó con la ejecución del convenio mencionado, mediante la suscripción de dos cartas adicionales.
Una, por 137 millones de pesos para realizar un estudio de factibilidad para el desarrollo de la red de frío para la comercialización de carne en canal de bovinos; y la otra, por 1.941 millones de pesos para la construcción e interventoría de la unidad de medicina legal de Yopal.
Porras, quien ya cumple una condena de 18 años de prisión por otros delitos de corrupción, fue señalado de permitir la continuidad de estas irregularidades en la administración de los recursos del departamento.
Según la Corte Suprema de Justicia, Sala de Primera Instancia, esos actos se adelantaron con violación de los requisitos legales esenciales de la contratación pública y de peculado por apropiación en provecho propio agravado por la cuantía.
Y añade: “Acerca del conocimiento del procesado de los elementos del tipo objetivo, advierte que de ello da fe el expediente dado que al enjuiciado Porras Pérez no le era ajeno, que, al suscribir las dos cartas de acuerdo, incurría en el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales”.
Paradojas del destino de varios gobernadores
Helí Cala López compitió con el Miguel Ángel Pérez, para lograr la candidatura por el Partido Liberal a las elecciones a la Gobernación de Casanare en 2003. Esta consulta la perdió y finalmente Pérez Suárez fue elegido gobernador para 2004-2007.
Sin embargo, cuando este fue suspendido, el partido Liberal lo postuló para remplazarlo. En ese entonces, el representante a la Cámara por esta colectividad era Efrén Hernández, quien influyó en la decisión.
Posteriormente, Hernández, incluyó a Whitman Porras, su amigo, en una terna para ser designado como gobernador (e) para culminar el periodo constitucional de Pérez Suárez (septiembre de 2006 a diciembre de 2007). No era un secreto que quien mandaba en la sombra era Hernández.
La Corte Suprema de Justicia condenó a Porras Pérez en 2013 por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación a favor de terceros a 18 años y 6 meses de prisión y al pago de una indemnización de perjuicios materiales por valor de más de 42.000 millones de pesos, luego de haber perdido 44 mil millones de pesos en inversiones ilegales con las regalías petroleras de Casanare, en patrimonios autónomos como Carbones Likuen, Green Mountain Consulting, Chacón Bernal Asociados, Cosacol y Viaducto Muña.
Todavía muchos le achacan a Efrén Hernández la suerte corrida por Whitman Porras. Y curiosamente él ahora es uno de los asesores en la sombra del gobernador César Ortiz Zorro.
Fondos Mixtos
Ahora la triangulación de contratación se realiza a través de una figura legal creada en la ley 2056 de 2020, mediante la cual se reglamentó el Sistema General de Regalías. Se trata de las Unidades Ejecutoras. Son más de 1.700 asociaciones de municipios, departamentos, fondos mixtos, empresas industriales del Estado, institutos financieros y empresas de servicios públicos.
Buena parte de los contratos realizados con regalías a través de estas unidades, se realizan mediante contratación directa.
Han sido cuestionados por el propio director de Planeación Nacional, Alex López por no contarse con información precisa sobre la ejecución de los proyectos con cargo a regalías. Recientemente denunció que había una pérdida de 12 billones de pesos, a través de estas entidades.
Con el agravante de que cuando una entidad territorial contrata a través de estas unidades ejecutoras, no se generan impuestos de las estampillas de cultura, adulto mayor, deporte, seguridad y desarrollo, entre otros. Es decir, se desfinancian estos sectores vulnerables.
FALLO CORTE SUPREMA DE JUSTICIA – HELÍ CALA Y WHITMAN PORRAS
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