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Exsecretario de Hacienda podía y NO evitó el ‘golpe’ del predial en Yopal

Mauricio Moreno, exsecretario de Hacienda de Yopal, conocía desde finales de octubre de 2024 que los valores de los predios en el municipio se dispararían 2.5 veces debido a la actualización catastral realizada por CATASIG SAS EICE. A pesar de estar al tanto de las implicaciones fiscales para los contribuyentes y el municipio, no tomó medidas para mitigar el impacto, lo que resultó en incrementos del impuesto predial de entre el 100% y 300%, según denuncias de los afectados.

Así se desprende del ACTA DE REUNION del 29 y 30 de octubre del año pasado, entre ejecutivos de la denominada gestora catastral CATASIG SAS EICE y funcionarios de la Secretaría de Hacienda y de la Supervisión del contrato.

En esta reunión estuvieron la gerente y jefe de procesos catastrales, Elvira Martínez Consuegra y Sergio Benavidez Cogollo, respectivamente, del gestor catastral CATASGI SAS EICE, el secretario de Hacienda Mauricio Moreno y su asesor, el excalde de Yopal Blas Hernández.

Aparentemente el alcalde de Yopal, Marco Tulio Ruiz, no tenía conocimiento de estas situaciones.

 

Se presentaron proyecciones e impacto fiscal en Yopal

Este encuentro se convocó con el objetivo principal de dar a conocer las proyecciones de incremento de los valores comerciales resultantes del proceso de actualización iniciado en abril de 2024, bajo el convenio interadministrativo 1707 del 27 de junio de 2023.

También se tuvo un espacio para consideraciones del municipio en relación a definir el porcentaje de adopción del avalúo catastral con respecto al valor comercial de los predios. El mínimo, según la norma, y el que fue adoptado, fue el 60%.

Según este documento de CATASIG SAS EICE, al equipo de la secretaria de Hacienda de Yopal, se le resolvieron inquietudes sobre las implicaciones fiscales de la actualización catastral.

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Alcaldía de Yopal conocía de exagerados incrementos en avalúos catastrales, según CATASIG SAS. Ante protestas por costos impredial ahora busca paliativos.

 

Carta de navegación del IGAG para mitigar impacto del impredial

Según el plan operativo del IGAG 2023-2024, para actualizaciones catastrales con enfoque multipropósito, publicado en abril de 2024, se establecía que “De acuerdo con la actualización de los valores comerciales y del proceso desarrollado, se lleva a cabo una socialización con el ejecutivo municipal, recalcando la importancia de la entrega del porcentaje de adopción del avalúo catastral por el concejo del municipio. Es así como se consolida en un documento las recomendaciones dirigidas a la administración municipal con alternativas de modificación del estatuto tributario para mitigar el impacto económico en las tarifas del impuesto predial”.

 

Lo que debía hacer la Alcaldía de Yopal y se hizo de la vista gorda

Es decir, con base en esta información el secretario de Hacienda, Mauricio Moreno, junto con su equipo de asesores, debía realizar la parametrización con base en las leyes 1995 de 2019 y 44 de 1990 para reducir el impacto de la actualización catastral en el impuesto predial.

Si era muy grande el incremento, como la gente lo ha mostrado, a través de cientos de reclamaciones, la Alcaldía de Yopal debía haber presentado en 2024 un proyecto de acuerdo para aprobación en el Concejo Municipal para ajustar el estatuto de rentas con miras a reducir las tarifas del impuesto predial y así minimizar el impacto fiscal en los cerca de 59 mil predios del área urbana.

Por supuesto esto no se hizo y al parecer se aplicó la parametrización con yerros, que arrojó los cobros del impuesto predial que ya se conocieron por parte de los contribuyentes. Estos ascendieron entre el 100 y 300%. Y en muchos casos superaron estos incrementos.

Antecedentes

Esta misma situación ocurrió hace dos años en Paz de Ariporo. En 2022 se realizó la actualización catastral y se aplicó en 2023. Cuando la Administración Municipal se dio cuenta del alto impacto en el impuesto predial en 2023, presentó un proyecto de acuerdo para rebajar las tarifas en el 70, 50 30 y 10% para los años 2024, 2025, 2026 y 2027, respectivamente.

En todo caso en ese municipio del norte de Casanare, en 2023, los contribuyentes tuvieron que pagar el impuesto predial costoso porque pasó lo mismo que en Yopal.

 

En mesa de trabajo exsecretaria de Planeación explicó su rol en convenio

La saliente secretaria de planeación Claudia Patricia Cárdenas, en la mesa técnica realizada el miércoles 5 de marzo con líderes comunales, concejales, ministerio público y órganos de control, precisó cuales eran sus funciones dentro de este convenio y confirmó que CATASIG SAS EICE sí había presentado las proyecciones al secretario de Hacienda, quien debía actuar en consonancia.

Frente a esto varios asistentes, entre ellos el concejar Dumar Montaña y el líder comunal Yesid Goyeneche, interpretaron que el exsecretario de Hacienda omitió sus funciones en la mitigación del impacto de la actualización catastral en las facturas del impuesto predial.

 

¿Qué sigue?

Mientras los contribuyentes yopaleños se acercan a los puntos instalados por la Alcaldía de Yopal para hacer las reclamaciones de incrementos injustificados de los avalúos a CATASIG SAS EICE, la Administración Municipal enfrenta el reto de corregir los yerros en la parametrización y presentar un proyecto de acuerdo que ajuste las tarifas del impuesto predial para los próximos años.

De no hacerlo, el malestar ciudadano podría escalar, especialmente en un contexto donde el bolsillo ya está resentido.

 

¿En qué consiste la parametrización?

La parametrización en el impuesto predial es un proceso técnico y administrativo que consiste en establecer los parámetros o variables necesarios para calcular el valor del impuesto que deben pagar los propietarios de predios (terrenos, casas, edificios, etc.).

Este proceso es fundamental porque determina cómo se traducen los valores catastrales de los predios en el monto final del impuesto que los contribuyentes deben pagar anualmente.

  1. Valor catastral del predio: Es el valor asignado a un predio después de una actualización catastral, que se realiza para reflejar el valor comercial real del inmueble en el mercado. Este valor lo determina la entidad encargada (en este caso, CATASIG SAS EICE) basándose en factores como la ubicación, el tamaño, el uso del suelo, las mejoras construidas y las condiciones del mercado inmobiliario.
  2. Porcentaje de adopción: Las administraciones municipales tienen la facultad de decidir qué porcentaje del valor catastral se tomará como base para calcular el impuesto predial. Según la normativa colombiana, este porcentaje no puede ser inferior al 60%del valor catastral. Es decir, si un predio tiene un valor catastral de 100 millones, el municipio puede decidir aplicar el 60%, es decir, 60 millones de pesos.
  3. Tarifas del impuesto predial: Una vez definida la base gravable (el valor catastral ajustado por el porcentaje de adopción), se aplican las tarifas establecidas en el estatuto tributario del municipio. Debe tenerse en cuenta la normatividad legal señalada.
  4. Ajustes y exenciones: Durante la parametrización, también se definen posibles descuentos, pago en cuotas exenciones para ciertos tipos de predios o contribuyentes, según estratos o población vulnerable.

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Arroceros bloquean Marginal del Llano a la entrada de Yopal.  

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