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Tribunal absuelve a exconcejal de Yopal Nelson Figueroa: “No hubo estafa, sino incumplimiento civil”

No hubo estafa, pero sí incumplimiento: Exconcejal Figueroa y su socio quedan libres de prisión, pero podrán ser demandados civilmente por los lotes no entregados

Nelson Alberto Figueroa Robles, exconcejal de Yopal condenado por estafa agravada en el caso de los loteos «Las Heliconias II», fue absuelto este jueves por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Yopal. La Sala revocó la sentencia en segunda instancia y ordenó su liberación inmediata de la cárcel La Picota, al considerar que los hechos no constituían un delito penal, sino un incumplimiento contractual, que debe resolverse en otras instancias judiciales.

Figueroa y Henry Danilo Ávila Motta, habían sido condenados por el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Yopal el 15 de agosto de 2024 a una pena de 133 meses de prisión por el delito de estafa agravada en modalidad masa.

Posterior a ello Figueroa fue capturado y enviado a la cárcel La Picota en Bogotá mientras que Ávila cumplía prisión domiciliaria por temas de salud.

 

Claves del fallo: Falta de pruebas de engaño

La Sala Única de Decisión, integrada por los magistrados Gloria Esperanza Malaver, Jairo González y Álvaro Vincos, acogió la tesis del abogado defensor Gonzalo Ramos en el sentido de que la Fiscalía no demostró los elementos esenciales del delito de estafa, específicamente:

  1. Ausencia de artificios o engaños: No se probó que los acusados hubieran actuado con intención de defraudar. El proyecto «Heliconias I» se ejecutó legalmente, con licencias municipales y entrega de lotes a 274 familias.
  2. Incumplimiento contractual, no penal: Los problemas en «Heliconias II» surgieron por obstáculos externos (terrenos embargados por la Fiscalía e incumplimiento de vendedores), no por una maniobra fraudulenta.
  3. Información a los beneficiarios: Los cambios en la ubicación de los lotes fueron comunicados a los compradores mediante «otrosíes» en los contratos, lo que descartaría el engaño.

 

Contexto del caso

El proyecto, promovido entre 2008 y 2015, ofrecía lotes de 90 m² a familias de escasos recursos, por un monto de $5 millones de pesos y con cuotas iniciales de $1 millón, respectivamente. Sin embargo, tras el éxito parcial de «Heliconias I», los acusados enfrentaron problemas para adquirir nuevos terrenos:

  • Un predio contiguo a Heliconias I, adquirido aledaño al Megacolegio de Yopal debió ser cedido al municipio por exigencias del Plan de Ordenamiento Territorial.
  • Otro terreno comprado para cumplir con el loteo, cerca de La Bendición, fue objeto de proceso de extinción de dominio y embargo por la Fiscalía tras su compra, impidiendo el proyecto «Palma Real».
  • Un tercer lote en La Guafilla adquirido a Ulises Camacho no pudo ser urbanizado por disputas contractuales, pese a que la constructora inició obras.

Se pudo comprobar con documentación de compraventa que todos estos terrenos efectivamente fueron adquiridos por la constructora pero terminaron afectados por las circunstancias descritas.

El Tribunal destacó que los acusados actuaron de buena fe, intentando reubicar a los afectados e incluso devolviendo dinero a algunos. «Lo ocurrido fue un incumplimiento de naturaleza civil, no un delito penal», señaló la sentencia.

Reacciones y próximos pasos

  • Defensa de Figueroa: Celebró el fallo, alegando que siempre hubo transparencia y que las víctimas fueron «perjudicadas por circunstancias ajenas».
  • Fiscalía: Podría apelar ante la Corte Suprema, aunque el Tribunal insistió en que no hubo pruebas de dolo.
  • Víctimas: Algunas familias afectadas podrían demandar civilmente por los perjuicios.

Con esta decisión, Figueroa y Ávila recuperan su libertad, tras años de proceso. El caso marca un precedente sobre los límites entre el incumplimiento contractual y los delitos contra el patrimonio.

 

No hubo estafa pero hubo incumplimiento

Este fallo no absuelve a los acusados de eventuales responsabilidades civiles por los perjuicios causados. Las familias afectadas mantienen abierta la opción de reclamar indemnizaciones.

Sentencia-segunda-instancia NELSON FIGUEROA

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