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⚖️ Concejal Ronald Gualdrón se salva de perder su investidura en Trinidad, Casanare

La decisión estaba en manos del Tribunal Administrativo de Casanare y el veredicto ya es oficial: el concejal Ronald Yasvany Gualdrón conservará su investidura. La demanda que pretendía sacarlo del cabildo de Trinidad fue negada, y con ella, se desmorona la acusación que lo señalaba de haber incurrido en conflicto de intereses.

Todo comenzó con su participación en la elección de la secretaria general del Concejo municipal el pasado 8 de enero de 2024. Ese día, Gualdrón, junto a otros cabildantes, votó por quien terminó siendo elegida para el cargo: Zuleima Lozano Cerón, una vieja conocida, pues ambos habían compartido lista como candidatos al concejo en 2019 por el Partido Liberal.

La demandante, Sandra Liliana Gómez, argumentó que este vínculo político bastaba para inhabilitarlo de participar en esa elección, citando el régimen de conflicto de intereses del artículo 11 del CPACA. Sin embargo, el tribunal tuvo otra lectura.

 

 ¿Por qué se salvó?

El Tribunal, en su análisis, fue contundente: no se acreditó el elemento objetivo requerido para decretar la pérdida de investidura. En otras palabras, no existía un interés directo, particular y actual que comprometiera la imparcialidad del concejal. Para la fecha de la elección, Lozano Cerón ya no hacía parte del Partido Liberal, tras presentar su renuncia en agosto de 2023, y no se demostró vínculo familiar, económico ni político vigente entre ambos.

Por tanto, el Tribunal concluyó que Gualdrón no estaba obligado a declararse impedido, ya que no se cumplían las condiciones jurídicas del conflicto de intereses, lo que hizo innecesario valorar el componente subjetivo de su conducta.

🔎 El contexto según el Ministerio Público

Aunque no fue determinante para el fallo, el Ministerio Público sí presentó un análisis adicional que vale la pena destacar. En su intervención, señaló que Trinidad es un municipio de sexta categoría, sin asesor jurídico para orientar a los concejales, y que Ronald Gualdrón, de origen campesino y sin estudios formales completos, actuó bajo la convicción de estar cumpliendo con su deber legal.

Para el delegado del Ministerio Público, el concejal actuó de buena fe, exento de culpa, por lo que no debía ser sancionado por una falta que ni siquiera comprendía como tal, y recomendó negar la solicitud, en línea con el fallo final del Tribunal.

 

Un precedente con matices

Esta decisión traza una línea clara: no todo vínculo político anterior implica conflicto de intereses. El fallo protege el principio de legalidad y evita que la figura de la pérdida de investidura se convierta en una sanción automática sin el análisis completo del caso.

Ronald Gualdrón se queda en su curul, y su voto del 8 de enero —aunque cuestionado— no fue suficiente para quitarle su investidura. El derecho, esta vez, pesó más que la sospecha.

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