Representante a la Cámara de Casanare gestiona proyecto que beneficia a tía: ¿Hay conflicto de intereses?

Por Casanare hoy – César Colmenares
El Representante a la Cámara por Casanare, Hugo Archila Suárez, ha sido señalado por presuntamente gestionar la inclusión del proyecto Alameda Martha Mojica en el Plan Nacional de Desarrollo sin dar a conocer que una tía suya se beneficia directamente de la iniciativa.
Presunta colindancia
Según una fuente que solicitó reserva de identidad, el marcado interés de Archila, tanto como secretario de gobierno municipal como posteriormente en calidad de Representante a la Cámara, obedece a que su tía Mireya del Carmen Archila posee un predio colindante con el área sobre la cual se aprobó el Plan Parcial de Desarrollo Urbano.
Documentos y planos
Esta información se ve respaldada por documentos y planos aportados a este medio de comunicación. En ellos se observa que el predio Manantiales, sobre el que se aprobó el Plan Parcial para la Alameda Martha Mojica, tiene cinco colindantes. Entre ellos figura Mireya del Carmen Archila de Martínez, con la segunda mayor extensión, después del Departamento de Casanare.


Conflicto de intereses
El artículo 182 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 286 de la Ley 5 de 1992 establecen que un congresista tiene conflicto de intereses cuando tiene un interés directo sobre un asunto en el que debe participar en debates o votaciones. Sentencias de la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo y del Consejo de Estado han precisado que la sola participación en la conformación del quorum deliberatorio puede configurar conflicto de intereses, incluso si el congresista no interviene en el debate o en la votación.
Beneficios a predios aledaños
· Los Planes Parciales de Desarrollo Urbano (PPU) suelen generar un incremento en el valor del suelo de los predios aledaños, debido a la mayor demanda y potencial de desarrollo inmobiliario en la zona. Es decir, aumento de la plusvalía.
· Además, los PPU suelen incluir la construcción o mejora de infraestructura vial, redes de servicios públicos, parques, zonas verdes y equipamientos comunitarios, lo que incrementa la calidad de vida y el valor de las propiedades aledañas.
· También se establecen las condiciones urbanísticas para el desarrollo de nuevos proyectos inmobiliarios, incluyendo usos del suelo, densidades de construcción y alturas permitidas. Esto abre un abanico de posibilidades para la inversión inmobiliaria, atrayendo desarrolladores y constructores que buscan aprovechar el potencial de la zona.
· El desarrollo urbano impulsado por el PPU genera una mayor demanda de vivienda, locales comerciales y espacios de oficinas. Esto beneficia a los propietarios de predios aledaños que pueden alquilar o vender sus propiedades a mayor precio.
· En el caso del Plan Parcial Alameda Martha Mojica, las obras de saneamiento básico, según el decreto 213 de 2023 que lo aprobó, las asumió en su totalidad el municipio sin siquiera vincular o exigir a los privados (colindantes) que se benefician de este desarrollo.
· Es así que en el momento se encuentran adelantando obras de Acueducto, Alcantarillado y gasificación en el sector por más de 88.000 millones de pesos.


1. Decreto 213-2023 Plan Parcial Martha Mojica
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