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Fatal repetición: dos mujeres mueren en Yopal en hecho que recuerda tragedias pasadas

La madrugada de este domingo volvió a teñirse de luto en Yopal. Angie Sandrith Alvariño Carreño (31) y Kelly Johana Mosquera Muriel (30) murieron tras ser arrolladas en la calle 30 con carrera 17 por un vehículo conducido, según testigos, por un reconocido abogado de la ciudad en aparente estado de embriaguez.

El conductor, identificado como Richard Pinto, presuntamente habría hecho un giro abrupto al tiempo que la motocicleta en la que viajaban las dos mujeres se desplazaba a gran velocidad.

El impacto fue devastador: Kelly Johana cayó al canal y aunque alcanzó a ser trasladada a centro asistencial, allí falleció, producto de las heridas en la cabeza. Angie Sandrith quien quedó tendida en cercanías de la baranda fue trasladada de urgencia, pero falleció minutos después.

Según un documento del SIMIT, al hombre le fue impuesto un comparendo por alcoholemia por un valor superior a los 28 millones de pesos. Por ahora esta es la primera consecuencia en términos sancionatorios contra él.

Pinto, oriundo de Boyacá, al parecer, tiene un complejo problema con el alcohol, al que recurre asiduamente para sobrellevar su existencia, según revelaron fuentes que lo conocen.

 

Un antecedente que indigna

La escena remueve heridas abiertas. El 15 de diciembre de 2019, en la calle 21 con carrera 29 de Yopal, un funcionario público y abogado, en grado 2 de alcoholemia, omitió un pare y embistió a dos motocicletas con varias mujeres a bordo. Erika Alejandra Guzmán Machado (27) y Jesica Lorena Perdomo Maldonado (26) murieron en el acto.

En ese caso, el conductor, Carlos Alexander Rodríguez Martínez —jefe de planeación de la Ese Salud Yopal— quedó en libertad por un yerro en el procedimiento de captura, pese a la gravedad de los hechos. Amigos, familiares y abogados exigieron en su momento que se priorizara la investigación y se le impusiera medida de aseguramiento, advirtiendo que era un “peligro para la sociedad” y que su vehículo acumulaba otros accidentes sin esclarecer.

 

¿La ley es suficiente?

En Colombia, causar la muerte de una persona en estado de embriaguez se tipifica como homicidio culposo agravado, con penas que, dependiendo del grado de alcoholemia y de agravantes, pueden llegar hasta 18 años de prisión y multas de hasta 150 salarios mínimos. Además, el Código Nacional de Tránsito contempla suspensiones o cancelaciones prolongadas de la licencia.

Sin embargo, el sistema penal ha mostrado fisuras: errores procesales, beneficios por colaboración y la tipificación culposa —en lugar de homicidio doloso eventual— han permitido que responsables de tragedias salgan en libertad o reciban condenas menores.

El proyecto de ley “Arlés Arbeláez Morales”, en trámite en el Congreso, busca recalificar estos casos como homicidio con dolo eventual, elevando las penas hasta niveles equivalentes a un asesinato.

Mientras tanto, las familias de Angie, Kelly, Erika y Jesica enfrentan el mismo dolor y la misma pregunta: ¿puede la legislación vigente garantizar justicia cuando un conductor ebrio destruye varias vidas en segundos?

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