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Increíble, un predio “desapareció” en Yopal. Errores de la Oficina de Registro dejarían sin garantía una deuda de 1.200 millones ligada a un condenado exgobernador

Durante más de 20 años el Estado certificó la existencia de un registro inmobiliario. Sobre ese documento del predio se decretó embargo y secuestro judicial. Luego, la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Yopal lo declaró inexistente y procedió a cerrarlo. La consecuencia: una deuda que hoy supera los $1.200 millones quedó sin respaldo real, afectando a la joven y huérfana hija de la acreedora fallecida.

Una deuda que comenzó en 2014 por $358 millones y que fue renovada en 2016 por $378.980.000 hoy supera los $1.200 millones, producto de intereses acumulados y del paso del tiempo sin pago efectivo.

El beneficiario real del préstamo fue el exgobernador de Casanare William Pérez Espinel, actualmente preso y condenado a más de 25 años por concierto para delinquir, celebración indebida de contratos, peculado, concusión y enriquecimiento ilícito en procesos relacionados con parapolítica.

Sin embargo, quien figura como deudora formal es su hermana Gladys Pérez Espinel.

De un embargo vigente a un predio “inexistente”

En 2020, ante el incumplimiento, se presentó demanda ejecutiva. El Juzgado Primero Civil del Circuito de Yopal decretó embargo sobre el inmueble identificado con matrícula 470-47083.

Ese embargo fue:

  • Certificado por la propia Oficina de Registro en 2020.
  • Inscrito en 2021.
  • Materializado con diligencia de secuestro en abril de 2023.
  • No tuvo oposición.

Durante más de dos décadas, el registro estuvo activo y produjo efectos jurídicos.

Sin embargo, en 2023 por solicitud de la hermana del exgobernador la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Yopal inició una actuación administrativa para determinar si existía duplicidad de matrículas. Tras casi dos años de trámite, en julio de 2025 expidió resoluciones mediante las cuales invalidó la medida cautelar, declaró inexistente el folio y procedió a cerrarlo.

Los presuntos yerros en el Registro

El expediente muestra una secuencia que hoy es materia de controversia:

  • La coexistencia de dos matrículas sobre el mismo inmueble.
  • La expedición de certificados durante años.
  • La inscripción del embargo por orden judicial.
  • La práctica del secuestro.
  • La posterior declaratoria de inexistencia del registro.

El abogado de la heredera sostiene que mientras exista un embargo vigente no levantado por el juez, la Oficina de Registro no puede cerrar el folio por decisión administrativa. La entidad, por su parte, ha indicado que actuó dentro de sus competencias para corregir errores históricos.

Hasta ahora no existe decisión disciplinaria, administrativa ni judicial que declare ilegal la actuación registral. El debate continúa en los estrados.

Un antecedente millonario

Dentro del proceso se estableció que el inmueble fue vendido en 2013 al grupo empresarial Almacenes Éxito por una suma cercana a los $15.000 millones.

Pese a ese antecedente, la obligación posterior de $378 millones no fue cancelada y terminó creciendo hasta superar los $1.200 millones.

El pronunciamiento judicial clave

En agosto de 2025, el Juzgado Primero Civil del Circuito de Yopal negó el levantamiento del embargo solicitado por la Oficina de Registro. En su decisión indicó que la situación “podría obedecer a un posible error creado por esa oficina, el cual nació a la vida jurídica con una decisión administrativa”, y que correspondía a la propia entidad poner en marcha las acciones correspondientes.

Meses después, en febrero de 2026, el despacho consideró que, al haber quedado ejecutoriadas las resoluciones administrativas, las medidas cautelares quedaron sin sustento jurídico. Esa decisión fue recurrida y el litigio continúa.

La dimensión humana

La acreedora falleció en 2023 víctima de cáncer. Su joven y huérfana hija asumió la condición de sucesora procesal.

Hoy enfrenta un escenario en el que la garantía real que respaldaba una deuda superior a $1.200 millones fue cerrada administrativamente.

El predio fue declarado inexistente. La deuda sigue vigente.

Y ahora ella quedó sin una prenda de garantía que le permita intentar recobrar lo adeudado, a la espera de que la justicia determine si lo ocurrido fue una corrección administrativa legítima o una cadena de decisiones que terminó afectando su derecho de crédito.

El desenlace aún está en manos de los jueces.

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