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Se llenan con el petróleo de Casanare, pero son michicatas con el asfalto de la vía que usan: juez sancionó a tres petroleras y a Zorro. Incumplieron mantenimiento de vía.

El Juzgado Primero Administrativo de Yopal sancionó a representantes de CEDCO, Frontera Energy y Canacol, al gobernador César Ortiz Zorro y a secretario de Infraestructura por incumplimientos parciales en el mantenimiento de la vía Yopal–Morichal–Tilodirán–El Algarrobo. ¿Cómo es posible que empresas que se benefician del subsuelo de Casanare resulten tan mezquinas con el asfalto de una vía que también usan para su operación?

Del subsuelo de Casanare sale petróleo. De ese mismo petróleo sale el asfalto.

Pero sobre la vía Yopal–Morichal–Tilodirán–El Algarrobo, lo que siguieron encontrando las comunidades y el propio juzgado fueron huecos, grietas, deterioro, mantenimiento incompleto y discusiones entre la Gobernación y varias empresas petroleras obligadas a aportar materiales.

El Juzgado Primero Administrativo de Yopal sancionó al gobernador de Casanare, César Augusto Ortiz Zorro; al secretario de Infraestructura Departamental, Álvaro Luis Rivera Contreras; y a representantes legales de tres empresas petroleras, dentro de un incidente de desacato relacionado con el mantenimiento de este corredor vial.

Los representantes sancionados por parte de las empresas son Fabián Andrés Cuenca Lozano, de Colombia Energy Development Co. —CEDCO—; Orlando Cabrales Segovia, de Frontera Energy Colombia Corp.; y Andrés Valenzuela Pachón, de Canacol Energy Colombia S.A.S.

La decisión se produjo dentro de una acción popular promovida por José Maldonado Pérez.

En 2015, el juzgado aprobó un pacto de cumplimiento para garantizar el mantenimiento y la transitabilidad de la vía. En ese acuerdo se distribuyeron obligaciones entre el Departamento de Casanare y empresas del sector hidrocarburos.

En palabras sencillas: desde hace más de diez años había una orden judicial para que esa vía no siguiera deteriorándose sin control.

La Gobernación debía coordinar y ejecutar trabajos, disponer maquinaria, transportar materiales y cumplir medidas como señalización y control de peso. Las petroleras debían mantener disponibles materiales como mezcla asfáltica, emulsión y crudo de río para dos mantenimientos anuales.

Pero el juzgado concluyó que el cumplimiento fue parcial e insuficiente.

Una vía que siguió deteriorada

El caso no surgió de una simple queja.

En septiembre de 2025, el despacho judicial practicó una inspección y encontró nuevamente deterioro en la vía. En esa diligencia se dejó constancia de huecos, falta de mantenimiento periódico y problemas de coordinación entre el Departamento y las empresas obligadas.

El juzgado también señaló que las dificultades no se reducían al suministro de mezcla asfáltica.

El pacto incluía otros compromisos, como campañas de educación vial, báscula para control de cargas, disponibilidad de volquetas, señalización y demás medidas necesarias para conservar la seguridad y transitabilidad del corredor.

El problema, entonces, no era solamente tapar huecos. Era cumplir de manera integral una orden judicial que buscaba proteger la seguridad de quienes transitan por la vía.

El juez encontró incumplimiento parcial

En su decisión, el Juzgado Primero Administrativo declaró que César Augusto Ortiz Zorro, Álvaro Luis Rivera Contreras, Fabián Andrés Cuenca Lozano, Orlando Cabrales Segovia y Andrés Valenzuela Pachón incumplieron, a título de culpa, parte de las obligaciones derivadas de la sentencia del 24 de marzo de 2015 y de las órdenes impartidas en el trámite de verificación.

La sanción fue de 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes para el gobernador y el secretario de Infraestructura.

Para cada uno de los representantes legales de CEDCO, Frontera Energy y Canacol, la multa fue de 5 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

El auto señala que las multas deberán pagarse de su propio peculio, es decir, con recursos personales.

La decisión todavía deberá ser revisada por el Tribunal Administrativo de Casanare, porque este tipo de sanción por desacato debe surtir grado de consulta ante el superior funcional.

Petroleras: mucho subsuelo, poco suelo

Llama la atención que las petroleras sancionadas se benefician económicamente del territorio, usan vías rurales para su operación y, aun así, el juzgado encontró que no respondieron como debían frente al mantenimiento de un corredor que también sirve a sus actividades.

Casanare no puede seguir siendo visto solo como un lugar de extracción.

Del subsuelo sale riqueza. Sobre el suelo quedan comunidades, trabajadores, campesinos, ganaderos, motociclistas, familias y usuarios que necesitan vías transitables y seguras.

No se compadece la magnitud del negocio petrolero con la dificultad para garantizar materiales suficientes para una vía que conduce a zonas de influencia petrolera.

Mientras el llamado oro negro mueve miles de millones, la vía siguió dependiendo de entregas parciales, discusiones técnicas y cantidades incompletas.

Dicho sin rodeos: si las empresas usan el territorio para producir riqueza, también deben responder con seriedad por la infraestructura que soporta parte de esa operación.

Cumplir a medias no alcanzaba

El despacho reconoció que durante 2026 hubo algunas mejoras en la gestión del Departamento y que las empresas sancionadas no estuvieron completamente inactivas.

Pero también fue claro en que eso no bastaba.

Según el juzgado, la obligación no consistía en realizar cualquier aporte, sino en mantener disponible el material necesario para permitir los dos mantenimientos anuales.

Pese a las entregas efectuadas, continuó existiendo una diferencia sustancial entre las cantidades técnicamente requeridas y las efectivamente disponibles. Esa diferencia incidió directamente en que las intervenciones no pudieran ejecutarse de manera integral.

En términos simples: no bastaba con decir “algo hemos entregado”. La orden exigía material suficiente para que la vía pudiera recibir los mantenimientos previstos.

El expediente recoge que, para un primer mantenimiento, se requerían aproximadamente 890 metros cúbicos de asfalto, pero las empresas entregaron cerca de 505. Con eso solo se pudieron atender tres de cinco puntos críticos.

Para otro mantenimiento, frente a un requerimiento ajustado de 1.632 metros cúbicos, se habló de una falencia cercana a 1.200 metros cúbicos.

Ahí está el punto de fondo: el cumplimiento parcial no resolvía el problema de la vía.

Mucho ruido y pocas nueces

Las petroleras suelen hablar de sostenibilidad, relacionamiento territorial, inversión social y compromiso con las comunidades. Pero decisiones como esta obligan a aterrizar esos discursos.

La responsabilidad territorial no se mide únicamente en informes, reuniones, campañas o fotografías de programas sociales.

También se mide en hechos concretos: que las vías por donde transitan comunidades y operación empresarial no sigan convertidas en corredores inseguros, llenos de baches, reparaciones parciales y promesas repetidas.

En un departamento con tantas necesidades de infraestructura, quienes usan intensamente la poca infraestructura existente deberían tener una actitud más decidida frente a su mantenimiento.

No se trata de reemplazar al Estado ni de quitarle responsabilidad a la Gobernación. Pero sí se trata de reconocer que la actividad petrolera no puede limitarse a sacar riqueza del territorio y luego discutir, durante años, cuánto le corresponde aportar para que las vías no se sigan destruyendo.

No todos fueron sancionados

El juzgado se abstuvo de imponer sanción a Fanny Esperanza Celis Torres, representante legal de Petróleos Colombianos S.A. —Petrolco—, y a Guillermo Antonio Tamayo Sánchez, representante legal de San Agustín Energy Corp. Sucursal Colombia.

Según el despacho, frente a estas dos empresas no se acreditaron los elementos subjetivos necesarios para sancionar por desacato.

Es decir, aunque podían existir obligaciones pendientes dentro del pacto, no se probó que sus representantes hubieran actuado con negligencia, renuencia o desidia suficiente para imponerles la multa.

La báscula, una deuda del Departamento

La decisión también dejó un reproche claro al Departamento de Casanare.

Uno de los compromisos tenía que ver con la báscula para controlar el peso de los vehículos que transitan por el corredor.

El juzgado advirtió que esa obligación permaneció incumplida durante un período prolongado, pese al tránsito de camiones y tractomulas de gran tonelaje por la vía.

Este punto es sensible porque, sin control efectivo de cargas, el deterioro se vuelve más difícil de prevenir.

También se vuelve más difícil distribuir responsabilidades entre quienes más usan la vía.

Una decisión que todavía será revisada

La sanción impuesta por el Juzgado Primero Administrativo de Yopal no es todavía el cierre definitivo del caso. El expediente deberá ser enviado al Tribunal Administrativo de Casanare para que revise la decisión.

Sin embargo, el mensaje de la providencia ya tiene peso: hubo una orden judicial desde 2015, compromisos concretos, inspecciones, deterioro persistente y un cumplimiento que el despacho consideró parcial e insuficiente.

No es normal que después de tantos años siga dependiendo de mesas técnicas, entregas por partes, discusiones entre empresas y reclamos cruzados para recibir mantenimiento oportuno.

Casanare no puede seguir poniendo el subsuelo para la riqueza y el suelo para los huecos.

Si había una orden judicial, si la vía es usada por comunidades y por operación petrolera, y si del petróleo sale incluso el asfalto, ¿Por qué cuesta tanto cumplir?

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