La justicia que no borra el sufrimiento: víctimas y victimarios frente a la primera sentencia de la JEP contra responsables de las Farc-EP
La primera sentencia de la Jurisdicción Especial para la Paz por los secuestros impone ocho años de sanción restaurativa a siete excomandantes del Secretariado de las Farc-EP. El fallo marca un hito: por primera vez los máximos responsables reconocen crímenes de guerra y de lesa humanidad, mientras las víctimas encuentran un espacio para la verdad y la memoria.

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) profirió su primera sentencia contra siete exintegrantes del último Secretariado de las Farc-EP por la política de secuestros que durante casi dos décadas dejó al menos 21.396 víctimas en Colombia.
Rodrigo Londoño, Pablo Catatumbo, Pastor Alape, Milton de Jesús Toncel, Jaime Alberto Parra, Julián Gallo y Rodrigo Granda fueron condenados con la máxima Sanción Propia: ocho años de trabajos restaurativos en proyectos de búsqueda de personas desaparecidas, desminado humanitario, recuperación ambiental y actos de memoria y reparación simbólica.
La decisión marca un precedente. “Nunca antes los máximos responsables de una organización armada habían reconocido públicamente sus crímenes de guerra y de lesa humanidad”, subrayó el magistrado Camilo Suárez, ponente del fallo.
¿Qué significa la Sanción Propia?
La Sanción Propia es la pena más alta prevista por el Acuerdo Final de Paz (máximo de ocho años) para los excombatientes que reconocen responsabilidad, aportan verdad plena y se comprometen a la no repetición. No implica cárcel tradicional, pero sí un conjunto de restricciones efectivas de derechos y deberes específicos frente a las víctimas y a la sociedad.
Restricciones y condiciones
- Movilidad y residencia: los sancionados no pueden desplazarse libremente; deben permanecer en lugares determinados y cumplir horarios estrictos.
- Supervisión permanente: portarán un dispositivo electrónico para monitoreo en tiempo real, bajo verificación de la JEP y la ONU.
- Régimen de condicionalidad: están obligados a seguir entregando verdad y a mantener un compromiso verificable de no repetición.
- Sin remuneración económica: los trabajos restaurativos (TOAR) no serán pagados, sino parte de la sanción.
Trabajos y actividades restaurativas
- Búsqueda de desaparecidos: entrega de información y coordinación con la UBPD (primer piloto: Cementerio Central de Palmira).
- Acción contra minas: actualización de información, cartografía y talleres con comunidades.
- Medio ambiente y territorio: siembra de especies nativas, viveros y proyectos ecoturísticos.
- Memoria y reparación simbólica: actos de perdón, construcción de artefactos de memoria, micrositio web y encuentros con víctimas.
El cumplimiento será monitoreado por la JEP y la ONU, con obligación del Gobierno de garantizar recursos y seguridad.

Voces que reclaman verdad y dignidad
El proceso judicial permitió que cientos de víctimas interpelaran directamente a los antiguos comandantes guerrilleros. Durante las audiencias, se escucharon relatos que estremecieron la sala y que hoy forman parte de la sentencia.
- Edward Arias, hijo de Oswaldo Díaz, secuestrado y asesinado por las Farc, exigió que se reivindicara el nombre de su padre. En respuesta, Pablo Catatumbo reconoció: “Actuamos de manera irresponsable y ligera, lo acusamos de un delito que no había cometido (…) cometimos un crimen abominable contra su padre”.
- Héctor Darío Muriel, quien logró escapar de un cautiverio hace 20 años, confesó cargar con la culpa de haber dejado atrás a su mejor amigo herido. Pastor Alape le respondió: “Los criminales fuimos nosotros, si usted no se escapa, sería su esposa la que estaría sufriendo este dolor”.
- Augusto Hinojosa, víctima, recibió de Rodrigo Granda una verdad dolorosa: “Sí, fuimos responsables, y soy responsable del asesinato de Ismael y Enrique”, le dijo, comprometiéndose además a colaborar en la búsqueda de sus cuerpos.
- Diva Díaz escuchó de Milton de Jesús Toncel una confesión directa sobre el asesinato de su padre tras años de extorsiones: “Nos ensañamos contra su familia (…) el daño que cometimos es irreparable”.
- Otras víctimas de las Farc se han mostrado inconformes frente a las sanciones para los victimarios y consideran que las penas restaurativas no se compadecen con el dolor, sufrimiento, humillación y secuelas generadas a las víctimas de las acciones de esta guerrilla. Algunos exteriorizaron que el fallo es un burla y los revictimiza.
¿Qué pasa con los congresistas sancionados?
Dos de los condenados —Julián Gallo Cubillos (Carlos Antonio Lozada) y Pablo Catatumbo Torres Victoria— ejercen actualmente como congresistas. La JEP dejó claro que deberán compatibilizar sus funciones legislativas con el cumplimiento estricto de la Sanción Propia.
Esto implica que:
- Continuarán en sus curules, pero con restricciones de movilidad, residencia y horarios.
- Deberán portar dispositivos electrónicos de monitoreo y ajustarse al plan de trabajo restaurativo.
- Sus agendas políticas estarán subordinadas a la obligación de cumplir con los proyectos de reparación, memoria, medio ambiente y desminado.
- El Gobierno Nacional debe garantizar condiciones para que puedan cumplir ambas funciones en dignidad y seguridad.
En otras palabras: seguirán siendo legisladores, pero bajo un régimen estricto de justicia transicional que los obliga a responder ante las víctimas y la sociedad.
Más allá de la sanción
Aunque la decisión extingue la responsabilidad penal ordinaria por estos hechos, el régimen de condicionalidad obliga a los excomandantes a seguir aportando verdad y cumpliendo con los compromisos de no repetición. El incumplimiento podría llevar a perder los beneficios de la justicia transicional.
La sentencia también ordena a la Unidad de Víctimas reevaluar la inclusión de afectados en sus registros para garantizar el acceso a reparaciones económicas, y a la Unidad de Restitución de Tierras priorizar los casos pendientes de quienes sufrieron despojo durante el cautiverio.

Un paso en la larga ruta de la memoria
Para la JEP, este fallo no es un cierre, sino un punto de partida. El presidente del tribunal, Alejandro Ramelli, lo resumió así: “Nunca antes había ocurrido que los máximos responsables reconocieran sus crímenes. Pero el sentido de la JEP no está solo en este fallo, sino en el camino recorrido por víctimas y comparecientes, y en el que falta por andar: el de la ejecución de las sanciones”.
Para las víctimas, la justicia no borra el sufrimiento, pero sí abre una grieta para la verdad y la memoria. Un espacio donde su voz dejó de ser silencio y se convirtió en historia judicial de Colombia.












