El Caracaro seguirá en pie: Tribunal ratificó que la motosierra oficial no puede ser la única opción
El Tribunal Administrativo de Casanare mantuvo la medida cautelar que impide, por ahora, la tala de un árbol Caracaro en Yopal. La decisión ordena manejo preventivo mientras avanza una acción popular por ambiente sano, arbolado urbano, espacio público y seguridad ciudadana.

El Tribunal Administrativo de Casanare decidió no reponer la medida cautelar que había ordenado al INDEV abstenerse de talar un árbol de la especie Caracaro, ubicado en el sector de la carrera 19 con Marginal de la Selva, en Yopal, al lado de Enerca.
La decisión fue adoptada dentro de una acción popular promovida contra Corporinoquia y el municipio de Yopal, con vinculación del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el INDEV. El proceso busca proteger derechos colectivos relacionados con el ambiente sano, el equilibrio ecológico, el manejo racional de los recursos naturales, el espacio público y la seguridad ciudadana.
En una providencia anterior, del 3 de junio de 2026, el Tribunal había ordenado al INDEV abstenerse de talar el árbol y, en coordinación con el municipio de Yopal y Corporinoquia, realizar una poda o intervención preventiva para evitar que sus ramas pudieran caer sobre inmuebles aledaños o afectar a los usuarios del sector.
Los accionantes son: Luis Guillermo Pérez Pérez, Angie Tatiana Motta Rodríguez, Sandra Patricia Hernández Niño, Andrea Motta Rodríguez, Miguel Ángel Becerra Vargas, Diana Maldonado y
Ángel Daniel Burgos.
Corporinoquia pidió levantar la medida
Corporinoquia solicitó revocar la medida cautelar y permitir la ejecución de la autorización de aprovechamiento forestal. Su argumento fue que el árbol representaba un riesgo por pudrición, inclinación, afectaciones en calzadas, andenes, redes eléctricas, comunicaciones, alcantarillado y posible caída en una zona de alta circulación peatonal y vehicular.
La entidad sostuvo que la poda no sería suficiente para mitigar el riesgo y que la decisión judicial habría desconocido el concepto técnico de la autoridad ambiental. También argumentó que el árbol no pertenece a una especie en vía de extinción ni tiene valor histórico, y que su presencia sería incompatible con el perímetro urbano.
El Tribunal optó por preservar mientras se decide de fondo
El Tribunal, sin embargo, sostuvo que en esta etapa del proceso existen posiciones técnicas distintas frente al manejo del árbol. Mientras una lectura técnica apunta a la tala definitiva, otra recomienda medidas menos lesivas para conservarlo.
Por esa razón, el despacho consideró necesario mantener una medida cautelar que preserve el objeto del litigio: la existencia del árbol y los derechos colectivos invocados. La decisión no significa dejar el árbol sin manejo, sino impedir su tala mientras se adelanta el debate probatorio y se adopta una decisión de fondo.
En otras palabras, el Tribunal ratificó que la motosierra oficial no puede ser la única respuesta frente al arbolado urbano. Si hay riesgos, deben atenderse con diagnóstico, intervención preventiva y manejo técnico; pero si existen alternativas menos lesivas, estas deben ser consideradas antes de eliminar un árbol de manera definitiva.
Ambiente sano y seguridad no son enemigos
El debate no debería reducirse a una falsa contradicción entre “árbol sí” o “seguridad no”. Un árbol urbano puede requerir poda, tratamiento, seguimiento o intervención; pero también presta servicios ambientales indispensables en una ciudad cada vez más caliente, más construida y más necesitada de sombra.
Un árbol no es un adorno ni un estorbo. Da sombra, refresca el entorno, sostiene biodiversidad, mejora el paisaje, ayuda a regular la temperatura y hace más habitable el espacio público. Pero también exige responsabilidad institucional: diagnóstico serio, mantenimiento oportuno y planeación urbana.
El Tribunal sostuvo que la medida cautelar no expone a la comunidad a un riesgo inminente, porque precisamente ordena actuaciones de protección mientras se agota el proceso judicial. También indicó que la valoración definitiva de las pruebas se hará en la decisión de fondo.
El caso irá al Consejo de Estado
Aunque el Tribunal no repuso la providencia, sí concedió en efecto devolutivo los recursos de apelación presentados por Corporinoquia y el municipio de Yopal. Por eso, el expediente será enviado al Consejo de Estado para que continúe el trámite correspondiente.
Mientras tanto, el Caracaro seguirá en pie. Y con él queda abierta una pregunta para Yopal: ¿qué tipo de ciudad quiere ser? Una que resuelve todo talando o una que aprende a convivir con sus árboles, sin poner en riesgo a la gente y sin convertir la naturaleza urbana en un problema administrativo.
Defender un árbol también es defender la vida urbana.











