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Se le fueron las luces al alcalde de Paz de Ariporo. Juzgado lo sancionó por no girar el impuesto de alumbrado público

El Juzgado Primero Administrativo de Yopal impuso una sanción económica de siete salarios mínimos legales mensuales vigentes al alcalde de Paz de Ariporo, Jorge Camilo Abril Tarache, tras declarar que incurrió en desacato grave a una orden judicial.

El fallo judicial le ordenaba girar la totalidad de los recursos recaudados por concepto del impuesto de alumbrado público a la Empresa Mixta de Alumbrado Público de ese municipio, empresa de la cual el propio municipio es socio con una participación del 43,92 %.

 

Alcalde incumple orden

La decisión fue adoptada tras constatar que el alcalde no cumplió con el fallo emitido el 13 de febrero de 2025 —confirmado y modificado por el Tribunal Administrativo de Casanare el 17 de marzo del mismo año—, que le daba un plazo de diez días para transferir dichos recursos. A pesar del tiempo transcurrido, el mandatario no realizó el giro total exigido por la sentencia.

 

Las cuentas no cuadran

Según certificación del revisor fiscal de la empresa mixta, el municipio habría recaudado $2.503 millones de pesos entre enero de 2024 y marzo de 2025. Sin embargo, solo giró una fracción de ese monto, mientras que, de acuerdo con la propia alcaldía, la deuda pendiente ascendía a $998 millones de pesos. Este valor, aunque reconocido por la administración local, no fue transferido a tiempo, lo cual llevó al juez a concluir que el incumplimiento era evidente.

 

Negligente y desobediente deliberadamente

El fallo judicial también cuestiona la conducta del alcalde, señalando que incurrió en «culpa grave» por disponer, motu proprio, de los recursos públicos, usándolos para realizar pagos a terceros como ENERCA S.A. E.S.P., en contravía de lo dispuesto por el Acuerdo Municipal No. 500.02.023 de 2022 y la sentencia judicial, que obligan a transferir todos los fondos a una cuenta fiduciaria manejada por la Empresa Mixta.

El despacho subrayó que no se trató de un simple error administrativo, sino de una actitud consciente y persistente para eludir el cumplimiento de la orden judicial. En su providencia, el juez Roberto Vega Barrera destacó que, pese a los requerimientos formales y los plazos otorgados, el mandatario local no corrigió su actuación y, por el contrario, intentó justificar su incumplimiento con argumentos contables y administrativos que no desvirtuaron su obligación legal.

“La conducta del señor Jorge Camilo Abril Tarache se caracteriza por su contumacia (…) solo giró lo que a bien tuvo, y ahora allega cuentas que no concuerdan con lo certificado por el revisor fiscal”, señala el fallo.

Además, el juez recordó que el alcalde tiene una “amplia experiencia” en la administración pública, al haber sido en el pasado alcalde del mismo municipio y representante a la Cámara, por lo cual conocía perfectamente la obligatoriedad de las sentencias judiciales.

 

Alcalde le toca meterse la mano al dril

La sanción impuesta —equivalente a siete salarios mínimos— deberá ser pagada con recursos personales y no podrá ser sufragada con dineros públicos.

El juzgado reiteró, además, que el incumplimiento persiste y advirtió que, de continuar en desacato, se podrían aplicar nuevas sanciones e incluso trasladar el caso a la Fiscalía para investigar la posible comisión del delito de fraude a resolución judicial.

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