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Consejo de Estado no le perdonó a Marisela Duarte votar su propia recusación estando advertida

Aunque la pérdida de investidura de Marisela Duarte ya se conocía, la sentencia completa permite entender por qué el Consejo de Estado revocó el fallo que inicialmente la había favorecido: la diputada votó su propia recusación y volvió a hacerlo después de recibir una advertencia expresa.

La pérdida de investidura de Marisela Duarte Rodríguez, diputada de la Asamblea Departamental de Casanare, ya era conocida en el escenario político regional. Sin embargo, solo con la publicación de la sentencia completa del Consejo de Estado se conocen con claridad las razones por las que el alto tribunal revocó el fallo del Tribunal Administrativo de Casanare, que en primera instancia había negado la sanción.

El caso fue promovido por Nay Epimenio González Cely y se centró en la presunta violación del régimen de conflicto de intereses de los diputados.

El error: votar su propia recusación

Los hechos ocurrieron en la famosa sesión ordinaria 082 del 28 de noviembre de 2024, cuando la Asamblea de Casanare deliberaba para elegir al secretario general para la vigencia 2025. En esa sesión, el diputado Wilder Andrés Ávila presentó una recusación contra Marisela Duarte.

Según la sentencia, Duarte votó en una primera oportunidad su propia recusación. La votación terminó empatada 5-5 y se abrió una segunda votación.

Antes de esa nueva votación, el diputado Omar Hernando Ortega Molina le advirtió con sentencia constitucional en mano, que no podía participar en la decisión sobre su propia recusación. Aun así, volvió a votar.

Ahí estuvo el punto que el Consejo de Estado consideró determinante.

Por qué el Tribunal de Casanare la había favorecido

En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Casanare reconoció que Marisela Duarte sí participó y votó en el trámite de su propia recusación. Sin embargo, negó la pérdida de investidura porque consideró que no se había probado dolo o culpa grave.

En otras palabras, para el Tribunal hubo una actuación irregular, pero no el nivel de responsabilidad necesario para quitarle la curul. Esa tesis fue la que el Consejo de Estado no aceptó.

El Consejo de Estado desmontó la tesis del error

Para el alto tribunal, no bastaba alegar buena fe o confusión en el procedimiento. La Sala recordó que quien ocupa un cargo de elección popular debe conocer las reglas de su investidura o asesorarse adecuadamente sobre ellas.

Además, el Consejo de Estado señaló que la diputada tenía elementos suficientes para evitar el error: la recusación estaba dirigida contra ella, el escrito mencionaba un posible conflicto de intereses, pudo ejercer su derecho de réplica y, sobre todo, recibió una advertencia clara antes de la segunda votación.

Para la Sala, si persistía la duda, debía abstenerse o buscar asesoría antes de volver a votar.

Estar advertida cambió el caso

El Consejo de Estado dio especial importancia a la advertencia realizada antes de la segunda votación. No se trataba solo de que Duarte hubiese votado su propia recusación una vez, sino de que repitió la conducta después de que le dijeron expresamente que no podía hacerlo.

Por eso, la Sala concluyó que la diputada no obró con el cuidado mínimo requerido ni realizó una conducta diligente para evitar incurrir en conflicto de intereses.

No bastaba decir que no sabía

Otro punto clave de la sentencia es que el Consejo de Estado no aceptó que la falta de experiencia pública, la condición de ama de casa, comerciante o su trayectoria personal fueran suficientes para excluir la culpa grave.

Para la Sala, esas condiciones no la exoneraban del deber de conocer e informarse sobre las reglas del cargo. Quien ocupa una curul debe saber cuándo puede votar y cuándo debe apartarse de una decisión.

La conclusión: sí hubo culpa grave

El Consejo de Estado concluyó que Marisela Duarte Rodríguez incurrió en conflicto de intereses y que su conducta fue cometida a título de culpa grave, porque participó en la resolución de su propia recusación y volvió a votar pese a una advertencia expresa.

La regla que deja la sentencia es simple, pero dura: nadie puede ser juez de su propio caso. Y en la función pública, estar advertido y volver a votar puede costar una curul.

Se conoció que la diputada y su partido Centro Democrático se acogerán a los mecanismos legales u jurídicos para tratar de reversar esta decisión que es de segunda instancia.

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