ActualidadNoticiasReportajes

Consejo de Estado suspendió el aumento del salario mínimo 2026 por posibles fallas en su justificación

El alto tribunal frenó provisionalmente el decreto que fijaba el salario mínimo en 1.750.905 pesos con un incremento del 23 por ciento. Considera que el Gobierno pudo no aplicar correctamente los criterios que exige la ley. Mientras se decide el caso de fondo, el Ejecutivo deberá expedir una medida transitoria.

El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, mediante el cual el Gobierno Nacional fijó el salario mínimo legal mensual vigente para 2026 en 1.750.905 pesos, lo que representaba un aumento del 23 por ciento frente al año anterior.

La decisión no significa que el incremento sea ilegal de manera definitiva. Lo que resolvió el tribunal fue frenar sus efectos mientras estudia si el Gobierno aplicó correctamente los criterios establecidos por la ley para fijar el salario mínimo.

Por qué lo suspendieron

La ley colombiana establece que para determinar el salario mínimo deben analizarse factores como la inflación, la productividad, el crecimiento del Producto Interno Bruto, la contribución de los salarios al ingreso nacional y la meta de inflación.

Los demandantes argumentaron que el Gobierno no explicó con suficiente claridad cómo esos factores llevaron exactamente a un aumento del 23 por ciento. Según las demandas acumuladas, el Ejecutivo habría fundamentado principalmente la decisión en la idea de cerrar la llamada “brecha del salario vital”, un concepto que no está expresamente previsto en la Ley 278 de 1996.

El Consejo de Estado consideró que existen dudas suficientes sobre la motivación técnica del decreto como para suspenderlo de manera provisional mientras se adelanta el proceso judicial.

Quiénes demandaron

La demanda principal fue presentada por Carlos Francisco Soler Peña, junto con otros ciudadanos.

Entre quienes solicitaron la suspensión provisional se encuentran Germán Eduardo Castro Marín, Carlos Mario Salgado Morales, Óscar Enrique Solaéz de la Hoz, Juan Pablo Liévano, Jorge Alberto Restrepo Torres, Andrés Felipe Giraldo Palomino, Alejandro Linares Cantillo, Leonardo Aristizábal Zuluaga, Esteban Gómez Manrique, Efraín Alonso López Rojas, Hamilton Gutiérrez Torres y la organización FEDECOLTIA.

Las entidades demandadas son la Nación – Ministerio del Trabajo, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

Qué defendió el Gobierno

Por su parte, el Ministerio del Trabajo, el Ministerio de Hacienda y el Departamento Administrativo de la Presidencia defendieron la legalidad del decreto.

Sostuvieron que:

  • La ley no establece una fórmula matemática rígida ni un tope porcentual.
  • El concepto de salario vital es constitucionalmente admisible y puede armonizarse con los criterios legales.
  • Las críticas técnicas planteadas corresponden a un debate propio del juicio de fondo y no a una infracción manifiesta que justifique la suspensión.

Además, argumentaron que suspender el aumento podría afectar el derecho al salario mínimo vital de millones de trabajadores.

Antecedente en Colombia

En 2017, el Consejo de Estado anuló el Decreto 2552 de 2015, que había fijado el salario mínimo para 2016, al considerar que no se había motivado de manera técnica y suficiente la aplicación de los criterios legales.

Ese precedente marcó un mensaje claro: el Gobierno debe justificar con precisión cómo aplica los parámetros establecidos por la ley cuando fija el salario mínimo.

Comparación del salario mínimo en América Latina en dólares

El salario mínimo legal mensual de Colombia es uno de los más bajos de Latinoamérica, por debajo incluso de Ecuador, Guatemala y Bolivia.

PaísSalario mínimo aproximado en USD
Costa Rica730
Uruguay590
Chile570
Ecuador470
Guatemala469
México455
Paraguay423
Bolivia405
El Salvador380
Colombia (antes del ajuste 2026)350
Perú335
Brasil300
Argentina280

Qué pasa ahora

La suspensión es temporal. Mientras el Consejo de Estado toma una decisión definitiva, el Gobierno deberá expedir un acto administrativo transitorio para fijar el salario mínimo de 2026.

El fallo final será el que determine si el aumento del 23 por ciento respetó o no el marco legal vigente.

El presidente Gustavo Petro se pronunció en X expresando que «El decreto de salario vital es ordenado por la constitución. Y el decreto ya expedido tiene todos los criterios económicos que se han reflejado en él».

En otro aparte indicó «Suspender un decreto de salario mínimo vital pone en riesgo la constitución que no permite deteriorar el poder adquisitivo del salario y anular la prerrogativa del gobierno y sus derechos en materia de salario».

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba